Cuidado con el derecho de tanteo y retracto de la administración en la venta de inmuebles en la Comunidad Valenciana.

derechos de tanteo y retracto en la Comunidad Valenciana

En el articulo de hoy vamos a hablar del Decreto-ley 6/2020, para la ampliación de vivienda pública mediante los derechos de tanteo y retracto en la Comunidad Valenciana

El derecho de Tanteo.

Según la norma señalada, se confiere un derecho de retracto a la Generalitat Valenciana. Lo que significa, una preferencia frente a terceros en la compra de viviendas.

Es decir, podrá comprarlas pagando el precio de la venta. Y se le deberá notificar a la administración de forma previa a la venta.

El derecho de retracto.

Igualmente, la norma señalada reconoce el derecho de retracto a favor de las autoridades de la Comunidad Valenciana. Lo que significa, el derecho a adquirir la propiedad que se haya vendido, sin cumplir las obligaciones de notificación antes señaladas, etc.

I.- Derecho  preferente sobre de viviendas de protección oficial.

Se reconoce estos derechos de tanteo y retracto de la Generalitat, en relación con las viviendas de protección pública y sus anejos, de acuerdo con esta ley, en tanto se mantenga dicha calificación de protección oficial.

Una vivienda de protección oficial, es aquella que ha sido normalmente promovida por la administración pública, y que normalmente va dirigida a personas con menos recursos económicos, teniendo un precio limitado, etc. Normalmente este régimen tiene una duración limitada en el tiempo.

En esta norma, y la circular posterior sobre su interpretación, se ha aclarado, que no se podrá adquirir preferentemente por la administración, en el caso de herencias, o donaciones a favor de descendientes, ascendientes o cónyuge o pareja de hecho debidamente acreditada, salvo que la vivienda no vaya a ser destinada a residencia habitual y permanente del nuevo titular.

Duración de estos derecho. En estos casos, la Generalitat será titular de los derechos de tanteo y retracto respecto de las transmisiones efectuadas durante todo el período de vigencia del régimen de protección oficial.

Calificación permanente. Las viviendas que sean adquiridas en el ejercicio de estos derechos de adquisición preferente por la administración, pasarán a ser calificadas como viviendas protegidas con carácter permanente.

II.- Derechos sobre transmisiones singulares.

Igualmente, estos derechos de tanto y retracto, además de sobre las viviendas de protección oficial, se aplicarán, igualmente ( con alguna matización) sobre una serie de transmisiones singulares.

Éstas se describen en el articulo 10. Es decir, tendrán igualmente derecho de adquisición preferentes en relación con las propiedades:

.- Las  adquiridas mediante dación en pago de deuda con garantía hipotecaria.

.-Las adquiridas en un proceso judicial de ejecución hipotecaria o en un procedimiento de venta extrajudicial en sede notarial.

.- Las transmisiones de edificios, con un mínimo de cinco viviendas, cuando se transmita al menos el  80% de dicho edificio.

ETC

Como requisito esencial las viviendas deberán estar ubicadas en los municipios incluidos en las áreas de necesidad de vivienda.

Por lo tanto, si desea tener información sobre derechos de tanteo y retracto en la Comunidad Valenciana,  si usted va a adquirir una propiedad en España, o a venderla, y desea un asesoramiento legal, especializado experto, contáctenos.

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La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

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