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Derecho de familia: divorcios, separaciones, etc. (España/Reino Unido)

Derecho de familia en España. Divorcios, separaciones, ejecución de sentencias, sustracción de menores, etc.

Los matrimonios, parejas, relaciones paterno-filiales, sus rupturas, etc., en general el derecho de familia, requiere de un conocimiento especifico, particularmente cuando los bienes se encuentran en más de un país y cuando diferentes leyes pueden ser de aplicación. Conceptos como nacionalidad, domicilio han de ser interpretados y entendidos, según los distintos ordenamientos jurídicos. En White Baos Abogados podemos ayudarle en su divorcio y separación en España.

Divorcio y separación en España. La ley aplicable al matrimonio

A la hora de asesorar legalmente sobre un posible divorcio o separación en España, es fundamental conocer la ley aplicable al matrimonio. Principalmente, en lo que se refiere al régimen matrimonial.

Sistema de Gananciales Así, es fundamental saber bajo qué régimen matrimonial estamos casados. Si los bienes del matrimonio forman parte de la comunidad matrimonial. Y por lo tanto, pertenece a ambos cónyuges en principio con independencia de quién lo haya comprado. Es lo que se conoce como sistema de gananciales, o de comunidad. Lo que se da en el derecho español, francés, belga, etc.

Separación de bienes. En otras ocasiones el régimen matrimonial es el de Separación de bienes. Lo que básicamente supone que los conyugues mantienen un patrimonio separado. Por lo tanto, lo adquirido no pertenece a su comunidad matrimonial. Sino cada uno tendrá sus propios bienes. Tradicionalmente, así se interpreta que es el régimen del derecho inglés.

Por lo tanto, saber el régimen de nuestro matrimonio es fundamental a la hora de iniciar un procedimiento de familia. Sobre todo si somos expatriados.  Así sabremos si los bienes que tenemos en España y fuera de España se consideran de ambos cónyuges, o no, etc. También puede ser muy importante otorgar capitulaciones matrimoniales  para dejar bien definido el régimen matrimonial que deseamos.

Divorciarse o separarse en España. La ley aplicable al divorcio.

Igualmente, es fundamental conocer la ley aplicable al divorcio.

Si son competentes los juzgados españoles, para conocer el divorcio, es posible que la ley que deba regir el divorcio, sea la española. Pero también puede que lo sea una ley de otro país.

La ley aplicable dependerá del lugar de residencia de los cónyuges en el momento de solicitar el divorcio. Pero puede depender de su nacionalidad, etc.

Como abogados es fundamental determinar que ley es aplicable. Pues de ella dependerá los requisitos para poder divorciarse, etc.

Otros servicios del área de derecho de familia:

Igualmente, nuestro despacho de abogados, asiste a particulares y a otros despacho de abogados extranjeros. Principalmente en la notificación de demandas de procedimientos de familia extranjeros en España. Y en asuntos de sustracción internacional de menores.

Ejecución de sentencias de divorcio y separación en España

Uno de los servicios más importantes que prestamos, es el de ayuda a la ejecución en España de sentencias de familia ( divorcio, separación, etc.)  dictadas en el extranjero .

En ocasiones, en un procedimiento de divorcio o separación, en los países de origen se dictan sentencias que deben ejecutarse en España. Nuestros despacho de abogados asiste a los despachos extranjeros, en la redacción de los acuerdos de divorcio. Para que puedan ser ejecutados en España. Pues, deben de incluir un contenido mínimo, como los datos registrales de los inmuebles, etc.

También ayudamos a clientes a ejecutar sus sentencias en España, para el caso, de que no se haya cumplido la transmisión de bienes acordada, etc.

Nuestro servicio de derecho de familia.

Como abogados especialistas podemos asesorarle en relación con la tramitación de divorcios y separaciones en España, tanto de mutuo acuerdo, como contenciosos, y en el resto de servicios antes señalados.

Si desea un asesoramiento legal experto, no dude en contactarnos.

En España, usted puede divorciase a través de Juzgado (que es la fórmula más habitual) o ante Notario. No obstante, si existen hijos menores en el matrimonio, no es posible divorciarse ante Notario, y usted deberá acudir a la vía judicial.

En España existen dos formas de divorciarse. El divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso. El primero, ocurre cuando los cónyuges llegan a acuerdos sobre las condiciones económicas, personales, etc. que se aplicarán a su divorcio. Estos acuerdos se recopilarán en un documento llamado “Convenio Regulador”. El segundo, el divorcio contencioso, se produce cuando los cónyuges no llegan a acuerdos, y tienen que acudir a un Juez para que decida.

En España ya no es necesario acreditar motivo o causa para divorciarse. Una vez trascurridos 3 meses desde la celebración del matrimonio, cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio. Incluso aunque su pareja no esté de acuerdo y quiera continuar la relación.

Si. En líneas generales, si usted tiene su domicilio habitual en España (o si el último domicilio familiar se encuentra en territorio español) los Juzgados españoles serían competentes.

Si usted tiene su domicilio habitual en España, la ley española se podrá aplicar al divorcio. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, si usted se casó fuera de España (o después del matrimonio habitó en un país extranjero) es posible que la ley aplicable a su régimen económico matrimonial sea la ley de aquel país. Por ello, es preciso estudiar siempre las circunstancias concretas de cada caso.

Usted deberá presentar el certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de sus hijos, escrituras o documentos de los bienes inmuebles, acreditación de su domicilio habitual, etc. Tenga en cuenta que, si algunos de estos documentos se emitieron en el extranjero, podrían ser necesario pedir una traducción jurada y/o la apostilla o legalización

Si usted se divorcia ante el Juzgado, necesitará estar asistido por abogado y procurador. Ahora bien, si el divorcio es de mutuo acuerdo, ambos cónyuges podrán compartir abogado y procurador.

Si los cónyuges no llegan a un acuerdo sobre la custodia de los hijos, será el juez quién decida. Existen distintos tipos de custodia. Por un lado, está la custodia monoparental, que es la que se atribuye a uno sólo de los padres. Por otro lado, encontramos la custodia compartida, en la que los progenitores comparten, de forma alterna, la custodia de los hijos. Este tipo de custodia es cada vez más frecuente en España.

En caso de existir menores, es obligatorio divorciarse en el Juzgado. En el proceso intervendrá el Ministerio Fiscal, que velará por que se respeten los intereses del menor. Cuando el juez dicte sentencia, además de acordar qué cónyuge se queda con la custodia, decidirá sobre otras cuestiones. El Régimen de visitas y comunicación del progenitor no custodio; el pago (o no) de una pensión de alimentos al menor, etc.

El artículo 97 del Código Civil Español prevé una pensión compensatoria entre cónyuges para suplir el desequilibrio económico que pueda provocar el divorcio. Su importe se calculará en función de la dedicación de los cónyuges al matrimonio, el tiempo que han estado casados, los medios económicos de uno y otro, etc.

Sí. Entre otras, está prevista la indemnización compensatoria del art. 1438 CC, cuando el régimen económico matrimonial de los cónyuges sea el de separación de bienes.

 

Pinche debajo para ver el siguiente video: Preguntas frecuentes en relación con el Divorcio en España.

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