RESUMEN DEL ARTÍCULO
1.- 1.- Qué se necesita para anular un testamento por incapacidad.
La ley presume que toda persona está en su cabal juicio. Quien pretende anular un testamento debe aportar prueba contundente de lo contrario, ya que la aseveración notarial de capacidad tiene un peso muy relevante.
2.- Qué es, y qué no es, causa suficiente según el Supremo.
Solo una ausencia prácticamente absoluta de discernimiento en el momento exacto de otorgar el testamento puede justificar su nulidad. Un deterioro cognitivo leve, o un diagnóstico posterior al testamento, no bastan por sí solos.
3.- El caso concreto.
Nuestro despacho defendió recientemente a los herederos de una testadora frente a varios sobrinos que alegaban incapacidad. El juzgado confirmó la validez del testamento, al no acreditarse dicha incapacidad y estar además prescrita la acción.
En ocasiones, un familiar fallece dejando un testamento que no coincide con lo que la familia esperaba. En estos casos, puede haber familiares que intenten impugnar el testamento alegando que quien lo otorgó no tenía capacidad para hacerlo. Nuestro despacho ha obtenido recientemente una sentencia favorable en un caso de estas características. En el artículo de esta semana analizamos qué se necesita realmente para anular un testamento por falta de capacidad. Y qué considera nuestro Tribunal Supremo como causa suficiente, y qué no.
¿Qué se necesita para anular o impugnar un testamento por incapacidad?.
La ley parte de una presunción clara. Se entiende que toda persona está en su cabal juicio, salvo que se demuestre lo contrario. Antes de firmar un testamento, el Notario Público realiza un juicio de capacidad sobre la capacidad del otorgante. Aunque esta presunción admite prueba en contrario, esta prueba debe ser contundente y convincente. La aseveración notarial tiene, en la práctica, un peso muy relevante. Y la carga de probar la incapacidad recae siempre sobre quien pretende anular el testamento.
¿Qué dice el Tribunal Supremo que sí puede justificar la nulidad?.
Según la jurisprudencia, solo cabe anular un testamento bajo unas circunstancias concretas. Es decir, en casos en que se acredite, de forma inequívoca y concluyente que, en el momento exacto de otorgarlo, el testador tenía mermadas sus facultades mentales o de raciocinio. Es decir, que se encontraba en una situación de ausencia “prácticamente absoluta” de discernimiento. Y que ésta le impedía comprender que estaba otorgando un testamento, y por qué motivo lo hacía.
¿Qué situaciones o casos no son motivo suficiente para impugnar un testamento?.
Aquí está la clave de muchos litigios. Un deterioro cognitivo leve (detectado mediante test como el de Pfeiffer o la prueba del reloj) no equivale a incapacidad para testar. Tampoco un diagnóstico de una enfermedad grave, si éste se produce después de otorgado el testamento. Ni las impresiones de testigos que apenas trataban con el causante. O cuyas visitas fueron puntuales y alejadas en el tiempo. Los tribunales exigen valorar el estado del testador en las semanas más cercanas al otorgamiento. No su situación general, ni su evolución posterior.
El caso concreto.
En nuestro caso, la testadora había nombrado heredera universal a una de sus sobrinas (nuestra clienta), con quien mantenía una relación muy cercana. Otros sobrinos (que figuraban como beneficiarios de una vivienda en un testamento anterior) pidieron anular el testamento posterior. Alegaban que la testadora padecía un deterioro cognitivo relevante. Sin embargo, el test cognitivo realizado días antes de otorgar el testamento solo reflejaba un deterioro leve. Semanas después, la testadora fue diagnosticada de una enfermedad de evolución rápida (que puede permanecer leve y agravarse de forma repentina) y falleció poco después.
El juzgado desestimó la demanda, confirmando que no existía prueba suficiente de incapacidad en el momento exacto del otorgamiento. Además, el tribunal confirmó que la reclamación ya estaba prescrita, al haber transcurrido más de cinco años desde el fallecimiento de la testadora. Puede leer la sentencia completa, AQUÍ.
Conclusión.
Anular un testamento no es sencillo. Nuestro ordenamiento protege la última voluntad expresada libremente por una persona. En White-Baos Abogados somos expertos en derecho sucesorio y litigios hereditarios. Si usted se enfrenta a una situación similar, ya sea porque desea impugnar un testamento o porque necesita defender su validez, no dude en contactarnos.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
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