Reclamar por el IRPH de las hipotecas. Sentencia del TJUE. Consecuencias legales en caso de declaración de nulidad.

En pocas semanas conoceremos cual es la decisión final del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, en lo referente a si el Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios conocido como IRPH, puede ser abusivo o falto de transparencia, y por tanto nulo. Según las últimas noticias conoceremos el contenido de la sentencia el próximo 3 de marzo.

 

Como ya hemos dicho en anteriores artículos, la única información oficial que se tiene al respecto es el informe de las conclusiones finales del abogado general del Tribunal, en el cual interpretaba que las cláusulas en las que se acordaba referenciar el préstamo hipotecario al tipo variable del IRPH, se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la directiva comunitaria sobre las clausulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.

Es decir, que dichas cláusulas deben estar redactadas de forma clara y comprensible, deben permitir al consumidor entender la trascendencia jurídica y económica de la cláusula, y deben ser equilibradas en la distribución de derechos y obligaciones entre banco y consumidor.

 

¿Qué ocurrirá si el IRPH termina siendo declarado abusivo por el tribunal?

El IRPH es un índice que se calcula sobre la base de la media de los préstamos concedidos a 3 años por las entidades financieras. Existían de tres tipos: Bancos, Cajas de Ahorro y Entidades, y actualmente el que se aplica es el de entidades. Al calcularse sobre la base de los prestamos concedidos por las propias entidades financieras, se puede decir, como una de sus características principales, que la fluctuación de este índice se encuentra controlada, en mayor o menor medida, por las propias entidades financieras.

Pero la principal característica del IRPH es que ha sido, y es, más caro que el índice más utilizado, el EURIBOR, y que, además ha sido mucho más lento en reflejar la bajada de intereses general que se ha producido en los últimos años. Expertos economistas avisan que de media, el índice del IRPH puede haber sido entre un 1,5% y un 3% más caro que el Euribor.

En caso de que el Tribunal Europeo finalmente determine la abusividad del IRPH, los consumidores tendrán derecho a solicitar que su préstamo se recalcule, teniendo en cuenta como el tipo de interés sustitutivo, que normalmente será el del EURIBOR, y devolviendo pues la diferencia entre lo pagado de más y lo que debió haberse pagado.

Como ya hemos dicho el tipo del IRPH ha sido más elevado que el EURIBOR, lo que supondrá la devolución de importantes cantidades de dinero.

 

¿Cómo puedo saber si mi hipoteca está sujeta al IRPH y cómo puedo reclamar?

En White & Baos abogados disponemos de una larga experiencia en reclamaciones de consumidores frente a abusos bancarios, en todo España  y en especial en la Costa Blanca (Alicante, Denia, etc.) y las Islas Baleares (Ibiza, Mallorca, etc.)  que han supuesto numerosas victorias sin coste para nuestros clientes.

 

 

Si usted cree que su préstamo puede estar referenciado al IRPH, póngase en contacto con nosotros y nuestros abogados analizarán su escritura de préstamo hipotecario sin compromiso alguno, y le informarán de los siguientes pasos a seguir a la hora de reclamar lo que le pertenece.

 

 

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.

 

Carlos Baos (Abogado)

White & Baos.

Tel: +34 966 426 185

E-mail: info@white-baos.com

White & Baos 2020 – Todos los Derechos Reservados.