Consejos legales básicos sobre préstamos hipotecarios para la compra de viviendas en España.

Consejos legales básicos sobre préstamos hipotecarios para la compra de viviendas en España.

En ocasiones los ciudadanos extranjeros que compran o quieren comprar una propiedad en España, lo hacen sin conocer las normas españolas, y que muchas de las cosas que en su país son normales o se dan por sentadas, en España funcionan de una forma distinta. En el artículo de hoy queremos hablar sobre los préstamos hipotecarios y algunos aspectos básicos que los compradores deben tener en cuenta:

Contrato

.-Si usted necesita la obtención del préstamo hipotecario para poder comprar una propiedad en España, es muy aconsejable que si firma algún contrato privado de compraventa, o reserva, etc. lo condicione a la obtención y aprobación del préstamo por su banco, señalando que en caso de no aprobarse, las partes se devolverán el dinero entregado, resolviendo el contrato de mutuo acuerdo. Si no es así, y el banco finalmente no le concede el préstamo se puede ver ante una reclamación judicial en su contra por incumplimiento del contrato, pérdidas de las cantidades entregadas, reclamación por indemnización, etc.

Clausulado del préstamo.

.- Es muy importante, que se estudie, compare y revise no únicamente en el tipo de interés del préstamo, sino también en el resto de cláusulas, condiciones y comisiones económicas, como: la comisión de apertura, gastos de tasación, comisiones de cancelación anticipada parcial o total, etc. pues pueden ser de un importe elevado.

Tasación.

.-Al contrario de lo que pasa en otros países, debe usted saber que la valoración / tasación que realice el banco, para determinar el valor del inmueble y por tanto el importe del préstamo a conceder, no tiene en principio relevancia en su acuerdo de compraventa, y por lo tanto, no afectará el precio pactado con el vendedor.

.-Además, en los últimos tiempos, los bancos “invitan” a sus clientes a contratar una serie de seguros, que tienen una influencia en el coste real del préstamo hipotecario tan importante como el tipo de interés pactado. Aunque legalmente, si le conceden un préstamo hipotecario usted está obligado a contratar un seguro sobre el inmueble, nombrando al banco prestamista como beneficio, usted no está obligado a contratar dicho seguro con la aseguradora del banco, sino que puede hacerlo con cualquier otra. Igualmente, los bancos, ofrecen mejoras en las condiciones, sujetas a la contratación de otro tipo de seguros como los de vida, hogar, etc. Por lo tanto, si la obtención del préstamo está condicionada a la contratación de algún seguro, es fundamental que compare su coste con otros seguros similares, pues el coste real de préstamo puede verse aumentado de forma muy importante.

Si usted, desea vender o comprar una propiedad en España contando con un asesoramiento profesional y especializado, contáctenos.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

Despacho de Abogados Español.

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