ATENCIÓN: TODO EL MUNDO QUE TENGA UN HIPOTECA EN ESPAÑA, ¿Cómo conseguir que el banco le devuelva los gastos de notario, registro, etc. pagados por usted?

Tal y como informamos en un artículo anterior, según lo señalado por el tribunal Supremo en su sentencia número 705/2015 de 23 de diciembre, lo que ha sido confirmado ya por varios juzgados, son abusivas las cláusulas de los préstamos hipotecarios que obligan a pagar al consumidor, los gastos relativos al notario, registro, etc. de la escritura de hipoteca, pues son gastos que deben ser pagados por los bancos, que son quienes tienen el interés en la inscripción de la hipoteca en el registro de la propiedad, como garantía del pago del préstamo.

Así, si usted tiene una hipoteca con un banco español, seguramente, cuando usted  firmó su hipoteca, el banco le retuvo un dinero o provisión, para pagar en su nombre y a través de la gestoría de la entidad los gastos de la inscripción de esta escritura de hipoteca. Usted puede reclamar:

¿Qué?  En principio se puede reclamar los gastos de notaría, registro de la propiedad, los gastos de la gestoría del banco para tramitar la inscripción de la escritura de hipoteca, y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), aunque no todos los juzgadores están de acuerdo en relación con el impuesto.

¿Quién?  Puede reclamar todo consumidor que haya firmado una escritura de préstamo hipotecario ( hipoteca) en España, y el banco le haya obligado a pagar los gastos de la misma, notario, registro, etc.  Es decir, la inmensa mayoría de los consumidores que han firmado una hipoteca en España.

¿Cuánto?  Dependerá del importe de la hipoteca, la documentación unida a la escritura de préstamo, de los gastos de tramitación que le cobre su banco, pero, en el caso de una hipoteca media de 150.000€, los gastos que se pueden reclamar pueden ser de entre 3.000€ y 3.500€ y si tenemos en cuenta los impuestos ( AJD) los gastos pueden ascender a 7.000€.

¿Cómo?  Para poder reclamar nos tiene que hacer llegar:

.-Copia de su escritura de hipoteca

.-Copia de las facturas pagadas por la tramitación de su hipoteca al notario, registro de la propiedad, etc.

.-Copia del impuesto AJD ( modelo 600) pagado.

.-Copia de la factura del importe pagado a la gestoría de su banco por la tramitación de la inscripción de la hipoteca.

 

¿Y si no tengo la documentación?  La gestoría del banco tiene la obligación de facilitarle factura de todos los importes pagados por usted, ya que normalmente le retuvo un dinero y le tiene que dar cuenta de cómo ha gastado el dinero retenido, haciéndolo llegar copias de las facturas, etc.

 

Contáctenos, mándenos la documentación señalada, y le ayudaremos a reclamar.

 

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

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