Impuestos al Comprar una Casa en la Comunidad Valenciana. Novedades y rebaja fiscal. Herencias de tíos, sobrinos, hermanos, etc. Asesoramiento legal.

Impuestos al comprar una casa en la Comunidad Valenciana.

RESUMEN DEL ARTÍCULO

1.- Reducción en ITP y AJD. Compraventas.

A partir del 1 de junio de 2026, en la Comunidad Valenciana, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas se reduce del 10% al 9%. Esto supone un ahorro considerable para cualquier persona que vaya a comprar una casa. Para un inmueble de 240.000€ habrá un ahorro de 2.400€.

2.- Nuevas bonificaciones en sucesiones y donaciones.

Además, las herencias y donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos tendrán una bonificación del 25% desde junio de 2026. Y partir de 2027, aumentará al 50%. Las bonificaciones del 99% para familiares cercanos (padres, cónyuges, hijos, etc.) se mantienen.

3.- Ampliación de la exención en Impuesto sobre Patrimonio.

El mínimo exento en el Impuesto de Patrimonio aumenta de 500.000€ a 1.000.000€ a partir del 31 de diciembre de 2025, reduciendo la base imponible para residentes habituales en la Comunidad Valenciana.


Hace aproximadamente un año, la Comunidad Valenciana aprobó la Ley 5/2025, con importantes modificaciones en la fiscalidad autonómica. Lo que parecía lejano entonces, ahora está a la puerta. Hace unos días, el 1 de junio de 2.026, entraron en vigor cambios relevantes que afectarán a quienes compren un inmueble, hereden bienes o tengan patrimonio en la región. En el artículo de esta semana analizamos en detalle cómo estos cambios impactarán en los impuestos al comprar una casa y otras operaciones patrimoniales en la Comunidad Valenciana.

Reducción de impuestos en compraventas.

La noticia más inmediata para quien vaya a comprar un inmueble en 2026 es la reducción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). A partir del 1 de junio de 2026, el tipo impositivo se ha reducido del 10% al 9%. Para un comprador, esto significa un ahorro directo y considerable. Supongamos un inmueble valorado en 240.000€. Con el tipo anterior del 10%, el ITP sería de 24.000€. Con la reducción al 9%, la cuota desciende a 21.600€. Es decir, un ahorro de 2.400€ en una sola operación. Compraventas superiores a 1.000.000€ seguirán gravadas al 11%.

Este cambio aplica exclusivamente a transmisiones patrimoniales onerosas sobre bienes inmuebles. Además, se reduce también el gravamen general para el AJD, del 1,5% al 1,4%.

Cambios en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Aunque el foco se ha puesto principalmente en los impuestos al comprar una casa, la Ley 5/2.025 también introduce novedades importantes en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

Hasta ahora, heredar de un hermano, tío o sobrino generaba una carga fiscal elevada, sin bonificaciones. Desde el 1 de junio de 2026, estos familiares colaterales de segundo y tercer grado disfrutarán de una bonificación del 25% sobre la cuota tributaria. Por ejemplo, una donación o herencia entre hermanos, de 100.000€, hasta ahora, podía generar una tributación aproximada de 20.000€. Con la nueva bonificación aprobada, el importe a pagar se reduciría hasta aproximadamente los 15.000€. Y, además, a partir del 1 de junio de 2027, esta bonificación aumentará todavía más y pasará del 25% al 50%.

Las bonificaciones del 99% para determinados familiares directos (cónyuge, hijos, nietos, abuelos) se mantienen sin cambios.

Ampliación de la exención en Impuesto sobre el Patrimonio.

Respecto al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), queremos aprovechar para recordar a nuestros lectores que, desde el 31 de diciembre de 2.025, también hubo cambios significativos. Se produjo un incremento del mínimo exento de 500.000€ a 1.000.000€. Este cambio es efectivo para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025, que se presentarán este año 2026.

Esto implica que muchos residentes habituales en la Comunidad Valenciana dejarán de tener obligación de presentar esta declaración, o verán reducida significativamente su base imponible.

Conclusión.

Los cambios en impuestos al comprar una casa y en otras operaciones patrimoniales suponen un alivio fiscal considerable para quien opera en la Comunidad Valenciana. Si usted está considerando comprar un inmueble, va a recibir una  herencia, o está considerando realizar una donación a un familiar colateral de 2º. o 3er grado (tíos, hermanos, etc.) en White-Baos Abogados podemos asesorarle sobre cómo aprovechar al máximo estos cambios. No dude en contactarnos.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

White & Baos.

Tel: +34 966 426 185

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