¿Es posible vender una vivienda de protección oficial?. Te explicamos todo lo que debes saber. Derecho de tanteo y retracto. Precio máximo. Comunidad Valenciana. Compraventas.

Vender una vivienda de protección oficial. Comunidad Valenciana

Una de las sorpresas que con más frecuencia se encuentran muchos de nuestros clientes al intentar vender su vivienda, es enterarse de que su casa, en realidad, tiene la consideración de vivienda de protección oficial (V.P.O.). En el artículo de esta semana hacemos un pequeño repaso de las principales características de este tipo de viviendas. Además, explicamos los requisitos y condiciones que deben tenerse en cuenta para vender una vivienda de protección oficial en la Comunidad Valenciana, sin sobresaltos.

¿Qué es una Vivienda de Protección Oficial (VPO)?.

Se trata de viviendas que, cuando se ponen a la venta por primera vez, lo hacen por un precio menor al de mercado. De manera que puedan ser adquiridas por personas con ingresos bajos que, de otra forma, no tendrían acceso a las mismas.

¿Qué tipos de vivienda de protección oficial existen?.

Las V.P.O. pueden ser de dos tipos. Públicas o privadas, dependiendo de la entidad que las promueva: la administración pública o una entidad privada/cooperativa. En ambos casos, los precios y características son muy similares.

¿Puedo vender mi vivienda si tiene la condición de VPO?.

Para saber si se puede vender una vivienda de protección oficial en la Comunidad Valenciana, hay que tener en cuenta tres cuestiones. 1.- El periodo de protección. 2.- El precio máximo. 3.- El posible derecho de tanteo y retracto de la administración.

¿En qué consiste el Periodo de Protección?.

Las VPO van siempre acompañas de un periodo de protección (15, 30, 50 años) durante el cual la vivienda tiene una serie de limitaciones. Alquilarla o trasmitirla a terceras personas (a través de una venta o donación) generalmente no está permitido. Aunque también puede ocurrir que esté permitido pero el precio esté limitado por un máximo. Todo dependerá de lo establecido en el Real Decreto con el que se aprobó ese “paquete de viviendas”. Este plazo de protección se cuenta siempre desde la fecha de calificación definitiva.

¿Qué es el Precio Máximo?.

El precio máximo es el límite que impide vender una vivienda de protección oficial o alquilarla por encima de una determinada cantidad. Para calcular el precio máximo, hay que tener en cuenta la superficie útil de la vivienda, su régimen de protección, el municipio en el que se encuentra, etc. Para tener confirmación del precio máximo de una VPO es necesario solicitar confirmación por escrito a la Generalitat Valenciana.

¿En qué consiste el Derecho de Tanteo y Retracto de la administración?.

El derecho de tanteo y retracto es un derecho de adquisición preferente que permite a la administración adquirir una V.P.O. con preferencia a cualquier otra persona. Siempre en las mismas condiciones ofertadas: mismo precio, misma forma de pago, etc.

Si su vivienda tiene condición de V.P.O., usted, como vendedor, puede estar obligado a informar de la operación a la administración, antes y después de la firma de la escritura en Notaría. El incumplimiento de esta obligación está considerado como una infracción grave, con multas de hasta 3.000€ (entre otras sanciones).

¿Qué plazo tiene la administración para confirmar si ejerce el derecho de tanteo?. La administración tiene hasta 60 días para contestar. Por lo tanto, es esencial realizar esta comunicación lo antes posible. Habrá que tener en cuenta este plazo a la hora firmar el contrato de arras, fijar la fecha para completar la compraventa en Notaría, etc.

Conclusiones.

En White-Baos Abogados somos expertos en Derecho Inmobiliario: compraventas, donaciones, contratos de arrendamiento, etc. Si usted quiere comprar o vender una vivienda de protección oficial, no dude en contactarnos. Estudiaremos su caso, y le ofreceremos asesoramiento experto en el tema.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

White & Baos.

Tel: +34 966 426 185

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