Responsabilidad legal de los propietarios de perros en España. Mordeduras y accidentes.

Consulta:

Estimado abogado,

Nos han regalado un perro. Vivimos en una zona de campo que no está vallada. Quisiéramos saber si tendríamos alguna responsabilidad en el supuesto que el perro se aleje de nuestra casa y cause algún problema.

Muchas gracias por su ayuda.

 

 

Estimado lector,

 

Gracias por su consulta.

 

La respuesta a su pregunta es SI. Ustedes como los propietarios del perro (o cualquier otro tipo de animal) son los responsables de todo tipo de perjuicio que su animal cause.

 

La responsabilidad de los propietarios de los animales por todos los daños causados por éstos, se prevé expresamente en el código civil español ( Cc), en su artículo 1905, que dice:

 

“Artículo 1905

El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido.”

 

Este tipo de responsabilidad está incluida en el capítulo del código civil que trata las obligaciones que nacen con motivo de negligencias, aunque la responsabilidad en estos casos, no exige que se pruebe la negligencia del propietario del animal, pues se entiende que un dueño de un animal diligente puede evitar que su animal cause daño alguno, ya sea porque lo tenga en un recinto cerrado, le coloque el bozal cuando sale a pasear, etc. Por lo tanto, siempre que un animal cause un daño, su propietario será responsable, aunque no haya sido negligente.

 

Son muchos los supuestos en los que los propietarios de perros y otras mascotas, pueden enfrentarse a responsabilidades por los daños causados por sus animales, como:

 

.-Accidentes provocados por los perros en carreteras o caminos, etc.

.-Daños causados por animales en bienes ajenos.

.- Mordeduras de perros a otros animales.

.- Mordeduras de perros a personas.

ETC.

 

Según el señalado artículo 1905, hay varios elementos de la responsabilidad de los propietarios y poseedores de los animales, que se deben tener en cuenta:

 

1.-  Que serán responsables incluso cuando su perro o animal se haya perdido o escapado, es decir, que si se pierde un perro y este muerde a alguien, aunque no pueda el propietario impedirlo, será responsable.

 

2.-Además el dueño del animal será SIEMPRE responsable, previendo la norma únicamente dos excepciones:

 

2.1.-En casos de Fuerza Mayor, que se define como un acontecimiento extraordinario imprevisible, y que no hubiera sido posible evitar aún aplicando la mayor diligencia. Pero lo cierto es que es muy difícil que se den casos de fuerza mayor, en ataques o daños causados por animales.

 

2.2.-La otra excepción es cuando el hecho se haya producido por la culpa del que lo hubiese sufrido. Esta excepción es más habitual, por ejemplo, cuando alguien se acerca a un lugar donde se avisa que hay un perro peligroso, y aún así lo toca a través de una valla y sufre una mordedura.

 

Si usted se encuentra en esta situación, si su animal ha causado algún daño o si algún animal le ha causado algún daño a usted, contáctenos y le ayudaremos.

 

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.

 

Carlos Baos (Abogado)

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