Reclamación de deudas en la Unión Europea. La Orden Europea de Retención de Cuentas. Asesoramiento legal.

Reclamación de deudas en la Unión Europea.

RESUMEN DEL ARTÍCULO

1.- Qué es la Orden Europea de Retención de Cuentas (OERC.)

Es un mecanismo regulado por el Reglamento (UE) nº 655/2014. Permite al acreedor bloquear fondos en cuentas bancarias del deudor, en otro país de la UE. Solo se aplica en contextos transfronterizos. Es decir, el acreedor o el juzgado deben estar en un país distinto al del banco del deudor.

2.- Cómo funciona la reclamación de deudas en la UE.

El acreedor solicita la OERC ante un juzgado español. Si se cumplen los requisitos, el juzgado emite la orden y se envía al banco extranjero. Los fondos del deudor quedarán bloqueados mientras se tramita la reclamación, aunque el deudor puede impugnar la retención.

3.- Beneficios y limitaciones para el acreedor.

Ventajas: rapidez, eficacia, seguridad jurídica y mayor probabilidad de recuperar la deuda. Limitaciones: no todos los países la aplican (p.ej. Dinamarca) y se requiere un título ejecutivo o prueba de la deuda. Muy útil cuando existe riesgo de que el deudor disperse o esconda activos en otros Estados miembros.


Cuando un deudor no tienes bienes en España, reclamar lo que se debe puede convertirse en una auténtica odisea. No obstante, la situación cambia radicalmente cuando el deudor tiene cuentas o bienes en otro país europeo. En estos casos, usted, como acreedor, no está desprotegido. Y es posible llevar a cabo la reclamación de deudas entre países de la Unión Europea. En el artículo de esta semana analizamos la Orden Europea de Retención de Cuentas (OERC). Una herramienta muy útil, que permite bloquear fondos en bancos situados en otro Estado miembro para que usted pueda recuperar su deuda.

¿Qué es la Orden Europea de Retención de Cuentas (OERC)?.

La OERC, regulada por el Reglamento (UE) nº 655/2014, permite a un acreedor realizar una reclamación de deudas en la Unión. ¿Cómo?. Mediante el bloqueo de los fondos del deudor en las cuentas bancarias extranjeras que tenga en algún país de la Unión Europea. La OERC solo funciona en contextos transfronterizos: el juzgado que lleva el caso o la residencia del acreedor deben estar en un país distinto de aquel donde el deudor mantiene su cuenta.

¿Cómo funciona la reclamación de deudas en la Unión Europea?

El acreedor inicia el proceso presentando la solicitud ante un juzgado español, que la evalúa. Si la solicitud cumple los requisitos, el Juzgado emitirá la Orden Europea de Retención de Cuentas. Una vez emitida, la orden se transmite al país donde se encuentra el banco del deudor, que está legalmente obligado a cumplirla.

El resultado es que los fondos del deudor quedarán bloqueados, evitando que puedan transferirse o esconderse mientras se tramita la reclamación. Al mismo tiempo, es importante subrayar que el deudor conserva su derecho a defensa. Es decir, puede impugnar la retención ante las autoridades competentes en el país donde se ubica la cuenta.

Características clave y limitaciones de la OERC.

La Orden Europea de Retención de Cuentas permite bloquear los fondos del deudor en bancos de otro país de la UE, asegurando que el dinero no pueda desaparecer mientras se tramita la reclamación. Aunque no transfiere los fondos de forma inmediata, garantiza que los activos estén disponibles para su cobro una vez que el procedimiento judicial avance. Por lo que resulta especialmente útil cuando existe riesgo de que el deudor disperse o esconda sus activos en otros Estados miembros.

No obstante, no todos los países de la Unión Europea aplican este mecanismo. Por ejemplo, Dinamarca queda fuera de su alcance. Además, para poder solicitar la OERC, el acreedor debe contar con un título ejecutivo (o justificar de manera suficiente la existencia de la deuda).

Ventajas para el acreedor en la reclamación de deudas entre países de la Unión Europea.

La OERC presenta varias ventajas que conviene tener en cuenta:

.- Rapidez y eficacia. Permite bloquear fondos en otro país de forma rápida y segura.

.- Seguridad jurídica. Los bancos extranjeros deben cumplir la OERC, protegiendo al acreedor frente a maniobras dilatorias.

.- Facilita la recuperación de la deuda. Asegura que los fondos estén disponibles para futuras acciones judiciales.

Conclusiones.

Si usted sospecha que un deudor sin bienes en España puede tenerlos en un país de la Unión, no dude en contactarnos. En White & Baos Abogados estudiaremos su caso y le ofreceremos asesoramiento legal experto para tratar de recuperar su deuda.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

White & Baos.

Tel: +34 966 426 185

E-mail: info@white-baos.com

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