Herencias y testamentos en España a favor de ONG, fundaciones sin ánimo de lucro, entidades sociales, etc. Consejos legales: el albacea testamentario.

Herencias a favor de ONGS

HERENCIAS SOCIALES

Recientemente en la prensa española hemos leído que un total de 21 ONG, entidades sociales sin ánimo de lucro, han lanzado una campaña conjunta para tratar informar a la sociedad española de la posibilidad de incluir en sus testamentos, un legado a favor de estas entidades. Pues para ellas, estas inyecciones económicas pueden suponer el emprender nuevos proyectos, o mantener los ya existentes. Cada vez son mas comunes las Herencias a favor de ONGS.

Lo cierto y es estos legados “sociales” no son muy comunes en España, si lo comparamos con algunos de nuestros países vecinos. Es más, desde nuestra experiencia, la mayoría de los testamentos en los que hemos intervenido, donde había algún tipo de disposición a favor de una entidad sin ánimo de lucro, aunque eran testamentos españoles, habían sido realizados y otorgados por nacionales no españoles.

Este tipo de disposiciones testamentarias son absolutamente legales y posibles. Pero es necesario que se realicen respetando la ley aplicable al testamento y a la sucesión.

Es decir, si según la ley aplicable a la sucesión es imperativo dejar una porción de la herencia obligatoriamente a familiares ( por ejemplo descendientes , cónyuge, etc.).

Este “ legado solidario” no podrá afectar dicha porción. Es necesario por tanto conocer la ley aplicable y sus limitaciones, antes de realizar cualquier tipo de testamento.

EXPERIENCIA

Desde nuestro despacho hemos tenido la posibilidad de ayudar a muchos de nuestros clientes a redactar correctamente testamentos a favor de asociaciones benéficas, fundaciones, etc. tanto españolas como extranjeras.

En estos casos, es esencial que se identifique perfectamente la ONG, con el nombre completo, CIF o número de registro como asociación en el país que corresponda, dirección, etc.

Lamentablemente hemos visto casos en los que no ha sido posible cumplir el legado porque el testamento se ha hecho de forma incorrecta, o no se ha identificado de forma precisa la entidad beneficiaria, etc.

ALBACEA CONTADOR PARTIDOR.

Igualmente, la experiencia nos dice que es muy interesante en estos casos que el testador nombre un albacea contador partidor de su testamento en España. Para que así, se asegure que el testamento se cumple, y facilitar a las entidades el proceso de la herencia.

Igualmente, debido a que las entidades sin ánimo de lucro no pagan impuestos de sucesiones, (aunque si otros impuestos ), en ocasiones desde el punto de vista fiscal, suele resultar mucho más barato heredar por una entidad de este tipo, que por una persona física.

También durante estos años, hemos igualmente podido ayudar a ONG, asociaciones, fundaciones, y todo tipo de entidades tanto españolas, inglesas, etc., a realizar las tramitaciones necesarias para poder heredar en España.

Ayudándoles a obtener su número de identificación fiscal, documentación necesaria, etc.

Por lo tanto, si usted quiere nombrar heredera o legataria a una entidad benéfica en su testamento, o si es una entidad benéfica que necesita heredar en España. O si necesita asesoramiento en Herencias a favor de ONGS, nuestro despacho le puede ayudar.

Puede estar informado de las cuestiones legales que le afectan o hacernos consultas siguiéndonos en FACEBOOK.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

White & Baos

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