RESUMEN DEL ARTÍCULO
1.- Posesión y propiedad no son lo mismo. Código Civil.
En España, la ley protege a quien viene usando de hecho un terreno frente a actos de despojo, con independencia de a quién pertenezca realmente. Es decir, si usted ve perturbada su posesión, puede reclamarla de forma rápida, sin necesidad de entrar a discutir previamente la propiedad.
2.- El caso concreto.
Una clienta llevaba más de 20 años utilizando, sin oposición, una franja de terreno colindante con su vivienda, para aparcar y para la fosa séptica. La empresa vecina, unilateralmente, construyó un muro y un vallado que le impidieron seguir accediendo a esa zona.
3.- La Sentencia Judicial.
Nuestro despacho interpuso una reclamación judicial y el Juzgado finalmente ha dado la razón a nuestra clienta, condenando a la demandada a retirar el muro y a devolverle la posesión del terreno, con imposición de costas.
Es bastante habitual que, en muchas fincas colindantes y parcelas de origen antiguo, existe una franja de terreno se use de forma pacífica durante años; sin que exista una delimitación jurídica del todo clara. ¿Qué ocurre si, de un día para otro, el vecino levanta un muro y le impide seguir accediendo a esa zona?. En el artículo de esta semana analizamos un nuevo caso de éxito judicial en el que nuestra clienta se obligada a reclamar para recuperar la posesión de un terreno que llevaba usando desde el año 2004; después de que un vecino construyera un muro y pusiera una valla.
Posesión y propiedad. Dos debates jurídicos distintos.
En España existe una acción legal, regulada en el art. 250-4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pensada precisamente para proteger al poseedor de hecho frente a actos de despojo. La clave es que este procedimiento no entra a valorar cuestiones de propiedad. Solo analiza quién venía usando el terreno realmente.
Según el Art. 446 C.C. «Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en la posesión; y si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen.»
Para que esta acción prospere, que no entra a debatir la titularidad dominical sobre el terreno, deben cumplirse varios requisitos, así:
.- Debe existir una posesión de hecho acreditada.
.- Que se haya producido un despojo o perturbación.
.- El acto debe ser imputable al demandado.
.- Que no haya transcurrido más de un año desde que ocurrió.
El caso. Uso pacífico durante años. Construcción unilateral de un muro de un muro por parte del vecino.
Nuestra clienta venía utilizando, desde hacía más de 20 años, una franja de terreno colindante con su vivienda. La empleaba para aparcar su vehículo y para la fosa séptica de la casa. Este era un hecho conocido por vecinos e incluso por el administrador de la empresa colindante. No obstante, sin previo aviso, la entidad demandada construyó un muro y un vallado que le impidió seguir accediendo a esa zona. Lo que obligó a nuestra clienta, a iniciar acciones judiciales.
La sentencia: posesión acreditada y obligación de muro a retirar.
La defensa de la demandada centró buena parte de sus alegaciones en cuestionar a quién pertenecía realmente el terreno. Aportó un informe pericial para intentar acreditar que era la propietaria del terreno litigioso. Etc. Sin embargo, en su sentencia, el juzgado no entró a valorar estos argumentos, al recordar que en este tipo de acción lo único relevante es la posesión. Varios testigos confirmaron que nuestra clienta y su familia venían utilizando la zona de forma habitual desde hacía años. Con esta prueba, el juzgado consideró acreditada la posesión y condenó a la demandada a retirar el muro a su costa, devolviendo el terreno a su estado anterior, con expresa imposición de costas. Puede consultar la sentencia íntegra, haciendo clic AQUÍ.
Conclusión.
Conocer la ley antes de actuar, es fundamente. Cuando existe una discrepancia sobre a quién pertenece realmente un terreno, tomarse la justicia por su mano, puede salir muy caro. En White-Baos Abogados somos expertos en litigios inmobiliarios y de vecindad. Si usted quiere recuperar la posesión de un terreno que se haya visto perturbada, como si entiende que un vecino está usando una porción de terreno que es de su propiedad; no dude en contactarnos para recibir asesoramiento experto.
La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite información relacionada con cuestiones legales.
Carlos Baos (Abogado)
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