Pérdida del uso de la vivienda tras el divorcio, por convivir con una nueva pareja.

Pérdida del uso de la vivienda tras el divorcio. Convivencia con un tercero.

En el presente artículo, hablaremos sobre la posible pérdida del uso de la vivienda tras el divorcio. Y más concretamente, por motivo de la convivencia con una nueva pareja del cónyuge que tenía el uso.

Atribución del uso de la vivienda habitual en un procedimiento de divorcio.

Es habitual, que en un procedimiento de divorcio, se atribuya el uso de la vivienda familiar al menor; y por lo tanto, al progenitor, padre o madre, que tenga su custodia.

Así, si ambos progenitores, eran propietarios del inmueble, y ambos también deudores y responsables del préstamo hipotecario. Si, a uno de ellos se le adjudicase la custodia, lo normal, es que se le adjudicará también el uso, de la casa.

Por lo tanto, seguirían siendo dueños y pagando el préstamo hipotecario, los dos.

Pero el uso, del inmueble sería para el cónyuge custodio.

Convivencia con una nueva pareja. Consecuencias en cuanto al uso de la casa familiar.

Pero, ¿ qué pasa si la persona que se quedó con la custodia y el uso, comienza a vivir con una nueva pareja?.

Las posiciones sobre las consecuencias de la ocupación del inmueble por tercero, han sido variadas.

Por un lado, algunos opinan que es indiferente, pues el uso del inmueble, en realidad se le concede a los menores. Por lo tanto, que su madre o padre convivan con otra pareja, no debe afectar sus derechos.

Por otro lado, otros opinan que la introducción de una pareja, hace que el inmueble deje de tener condición de vivienda familiar. Y por tanto, se puede solicitar que se extinga el derecho de uso a favor del progenitor custodio.

El Tribunal Supremo Sentencia: de 20/11/2018

El Supremo, ha confirmado que la segunda de las doctrinas, es la correcta.

Así, ha dicho, básicamente, que en estos casos,  la vivienda sobre la que se establece el uso es en la que la familia haya convivido, con una voluntad de permanencia. Y este carácter desaparece con la entrada de un tercero, dejando de servir la propiedad a los fines del matrimonio. Pues, ahora sirve a una familia distinta.

Conclusión:

Un juzgado puede acordar la pérdida del uso de la vivienda tras el divorcio, si quién tiene el uso convive con una nueva pareja. Pero, aunque sea así, y aunque se pueda solicitar un uso compartido, o una venta del inmueble, los progenitores deberán asegurar al menor una vivienda digna.  Este cambio del uso, puede tener efectos en la pensión de alimentos para el menor, en caso de que tenga que buscar una nueva casa dónde vivir.

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Carlos Baos (Abogado)

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