Nulidad de un testamento por falta de capacidad. Nuevo éxito judicial. Asesoramiento legal.

nulidad de un testamento. Falta de capacidad.

RESUMEN DEL ARTÍCULO

  1. Nulidad de un testamento por falta de capacidad.

Un testamento puede ser declarado nulo si el testador no tenía capacidad en el momento de otorgarlo. La capacidad se presume, pero el testamento se puede declarar nulo si hay pruebas que demuestren un deterioro cognitivo (Alzheimer, Demencia, Etc.)

  1. Presunción de validez y carga de la prueba.

En España, el testamento se presume válido. Y se considera que el testador tenía capacidad, salvo que se demuestre lo contrario. Quien impugna un testamento debe aportar pruebas claras y objetivas sobre la incapacidad en el momento del otorgamiento, normalmente informes médicos o periciales. La presunción de capacidad derivada del juicio que hace el Notario, sobre la capacidad del testador, también admite prueba en contrario. Un tribunal puede revisar la valoración del Notario

  1. Caso real: Testamento nulo por deterioro cognitivo.

En la sentencia favorable obtenida por White-Baos Abogados, el testador otorgó dos testamentos en 2017. Con posterioridad a otorgar los testamentos, fue declarada incapaz judicialmente. Se consideró probado que, en el momento de otorgarlos, no tenía capacidad suficiente. El Juzgado declaró la nulidad de ambos testamentos.


Las disputas familiares en torno a una herencia son más comunes de lo que parece. Con frecuencia, las diferencias entre herederos surgen por la existencia de varios testamentos. Cambios inesperados en el reparto. Sospechas de que el testador fue manipulado. Etc. En el artículo de esta semana, analizamos un caso real en el que nuestro despacho ha logrado que se declare la nulidad de un testamento. El motivo: la falta de capacidad del testador.

Principales causas de nulidad de un testamento.

Un testamento puede ser declarado nulo por varios motivos. Entre los más habituales se encuentran:

.- Defectos de forma. Cuando no se cumplen con los requisitos legalmente exigidos. Por ejemplo, en caso de un testamento abierto, cuando no se otorga otorgarlo ante notario. O se otorga en casos excepciones y no hay testigos, etc.

.- Los vicios en el consentimiento. Cuando el testador es forzado a otorgar un testamento contra su voluntad. O si es víctima de engaño o manipulación, para inducirlo a testar de una manera concreta.

.-Etc.

Igualmente, si el testador no tenía capacidad en el momento de otorgarlo, también se pude decretar la nulidad de un testamento. Lo vemos a continuación.

La incapacidad para testar. Presunción de validez y carga de la prueba.

En derecho español, el punto de partida es que el testamento es válido y que el testador tenía capacidad, salvo que se demuestre lo contrario. Por tanto, quien impugna un testamento debe acreditar de forma clara y concluyente que, en el momento de otorgarlo, el testador carecía de capacidad racional.

La prueba debe centrarse en el momento concreto del otorgamiento, y no basta con indicios o conjeturas. Se requiere evidencia objetiva, normalmente informes médicos o periciales que acrediten una afección mental grave. La complejidad del testamento también influye en el estándar exigido. Es decir, no es lo mismo un testamento sencillo, con un reparto básico de bienes; que un documento más elaborado exige mayor capacidad, con cláusulas complejas, compensaciones económicas, etc.

Además, en los testamentos otorgados ante notario, el propio notario declara que la persona estaba en condiciones de entender lo que firmaba. Esta presunción, no obstante, admite prueba en contrario. Ya que el notario puede equivocarse y el tribunal puede revisar su valoración.

El caso concreto. Testamentos anulados tras declaración de incapacidad.

El testador otorgó dos testamentos: a comienzos y mediados de 2017. El segundo de ellos fue además un testamento ciertamente complejo, por las cláusulas que incorporaba. Se da la circunstancia de que la situación médica del testador había empeorado progresivamente al tiempo de otorgar dichos testamentos. A lo anterior, se añade que la testadora fue declarada judicialmente incapaz en noviembre de 2017.

Aunque la sentencia de incapacidad se dictó después de otorgar el testamento, la jurisprudencia es clara: “la posterior declaración de incapacidad puede constituir un indicio de que la anomalía mental ya existía al tiempo anterior de otorgarse el testamento”

En consecuencia, el Juzgado ha declarado la nulidad de los dos testamentos, conforme solicitaba nuestro despacho en su escrito de demanda. Puede leer la sentencia completa, haciendo clic AQUÍ.

Conclusiones.

En White & Baos Abogados somos expertos en impugnaciones testamentarias y declaraciones de nulidad de un testamento. Si usted sospecha que un testamento pude ser nulo por falta de capacidad o por otro motivo, no dude en contactarnos.

Carlos Baos (Abogado)

White & Baos.

Tel: +34 966 426 185

E-mail: info@white-baos.com

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