{"id":5880,"date":"2015-10-21T09:34:45","date_gmt":"2015-10-21T09:34:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/devolucion-del-impuesto-de-sucesiones-o-donaciones-pagado-en-espana-100-casos-ganados\/"},"modified":"2020-09-10T07:23:36","modified_gmt":"2020-09-10T07:23:36","slug":"devolucion-del-impuesto-de-sucesiones-o-donaciones-pagado-en-espana-100-casos-ganados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/devolucion-del-impuesto-de-sucesiones-o-donaciones-pagado-en-espana-100-casos-ganados\/","title":{"rendered":"Devoluci\u00f3n del Impuesto de Sucesiones o Donaciones pagado en Espa\u00f1a. 100% Casos ganados."},"content":{"rendered":"
Si ha pagado usted impuesto de Sucesiones o Donaciones en España, como no residente, y si el fallecido ( finado) o persona que le hizo la donación era su ascendiente:<\/span><\/strong> padre, madre, abuelo, …; o su descendientes<\/span><\/strong>: hijo, nieto…, o su cónyuge,<\/span><\/strong> es muy probable que pueda recuperar la mayoría de los impuestos pagados o incluso la totalidad, más intereses.<\/span><\/strong><\/p>\n Como hemos comentado en muchos de nuestros artículos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia de 3 de septiembre de 2014, <\/strong>declaró que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones Español era discriminatorio, y contrario al principio de libertad de circulación de capitales.<\/p>\n Tras esta sentencia, y mediante la Ley 26\/2014, de 27 de noviembre<\/span>,<\/strong> se modificó la ley 29\/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en España, <\/strong>de tal forma que ahora se reconoce que los ciudadanos residentes en la Unión Europea o en el Espacio Económico Europeo, se podrán beneficiar de la normativa autonómica ( valenciana, catalana, madrileña, etc.) del impuesto de Sucesiones y Donaciones y de sus beneficios fiscales, que son mucho mayores por lo general, que la normativa estatal que antes se aplicable a todos los no residentes en España.<\/p>\n En White Baos Abogados hemos tenido la suerte de poder ayudar a muchos de nuestros clientes a reclamar la devolución del Impuesto de Sucesiones y Donaciones pagados con anterioridad a la sentencia europea señalado y al cambio en la normativa fiscal española, y a día de hoy, podemos decir con orgullo, que hemos ganado el 100% de nuestras reclamaciones sin gasto alguno para nuestros clientes.<\/strong><\/p>\n Además, siendo una cuestión de discriminación contra la comunidad expatriada en España, nuestro despacho ofrece unos honorarios “ no win no fees”<\/em><\/strong>, <\/em>es decir, que si nuestro cliente no cobra, nosotros no le cobramos nada.<\/p>\n Si usted pagó sus impuestos de Sucesiones y Donaciones y no sabe si podría o no reclamar la devolución de los mismos más intereses, mándenos una copia del impuesto pagado y le informaremos sin compromiso.<\/p>\n Usted podrá reclamar si pagó los impuestos hace menos de 4 años mediante una reclamación que dirigiremos a la Agencia Tributaria. E incluso si usted pagó hace más de cuatro años sus impuestos, sería posible reclamar la devolución de los mismos mediante otro procedimiento más complejo y largo en el tiempo.<\/p>\n Por lo tanto, si usted ha pagado Impuestos de Sucesiones o de Donaciones en España según lo señalado, podemos solicitar en su nombre la revisión de la autoliquidación realizada, y solicitar la devolución de lo pagado, sin gasto alguno para usted, contáctenos<\/span><\/strong><\/a><\/p>\n La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.<\/em><\/p>\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n White & Baos Abogados<\/p>\n Tel: 966 426 185<\/p>\n E-mail: info@white-baos.com<\/p>\n White & Baos 2015– Todos los derechos reservados<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" Si ha pagado usted impuesto de Sucesiones o Donaciones en España, como no residente, y si el fallecido ( finado) o persona que le hizo la donación era su ascendiente: padre, madre, abuelo, …; o su descendientes: hijo, nieto…, o su cónyuge, es muy probable que pueda recuperar la mayoría de los impuestos pagados o […]<\/p>\n