{"id":5831,"date":"2016-11-30T17:59:08","date_gmt":"2016-11-30T17:59:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/recuperar-el-dinero-perdido-en-la-compra-de-inmuebles-tribunal-supremo-huma-mediterraneo-nuevos-exitos\/"},"modified":"2020-09-10T07:23:35","modified_gmt":"2020-09-10T07:23:35","slug":"recuperar-el-dinero-perdido-en-la-compra-de-inmuebles-tribunal-supremo-huma-mediterraneo-nuevos-exitos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/recuperar-el-dinero-perdido-en-la-compra-de-inmuebles-tribunal-supremo-huma-mediterraneo-nuevos-exitos\/","title":{"rendered":"Recuperar el dinero perdido en la compra de inmuebles. Tribunal Supremo. Huma Mediterr\u00e1neo: Nuevos \u00c9xitos"},"content":{"rendered":"
En el artículo de hoy, queremos seguir informando en relación a aquellas personas que perdieron su dinero comprando propiedades sobre plano, que nunca se llegaron a construir porque el promotor entró en concurso de acreedores, no se obtuvieron licencias, etc.<\/p>\n
Los tribunales españoles, ahora ya prácticamente sin excepción, están reconocimiento la responsabilidad de las entidades bancarias, y su obligación de devolver el dinero pagado, en virtud de la ley 57\/68, incluso aunque no hayan entregado avales individuales a los compradores, en 2 supuestos.<\/p>\n
1.-Cuando las entidades bancarias hayan recibido dinero de compradores sobre plano en sus cuentas, sin asegurarse que las cantidades entregadas estaban aseguradas mediante un aval bancario o póliza de seguro, tal y como exige la ley 57\/68.<\/strong><\/p>\n En este sentido ya existen numerosas sentencias del Tribunal Supremo, de las que destacamos: la sentencia de 16\/1\/2015; las sentencias números 733\/2015; la número 142\/2016 dictada contra CaixaBank; la número 174\/2016, dictada contra BANKIA.<\/p>\n 2.-Igualmente y de forma reiterada el Tribunal Supremo ha señalado que aquellos bancos o aseguradoras que tengan una póliza general o lo que se conoce como una línea general de avales garantizando la promoción, son responsables de devolver el dinero pagado por los compradores, aunque no hayan emitido el aval o póliza individual a nombre de dichos compradores.<\/strong><\/p>\n Así lo ha señalado la sentencia del Tribunal Supremo número 153\/2016, el AUTO de fecha 21\/09\/2016, y más recientemente la sentencia número 626\/2016.<\/p>\n <\/strong><\/p>\n HUMA MEDITERRANEO.<\/span><\/strong><\/p>\n Estas mismas buenas noticias continúan para los afectados del complejo Almanzora Country Club, promovido por Huma Mediterráneo, a los que este despacho representa, así recientemente, hemos obtenido las siguientes resoluciones judiciales:<\/p>\n .-Sentencia 77\/2016 del Juzgado de Instancia nº 4 de Totana, por la que se condena al Banco a devolver al Sr. y la Sra. F, la cantidad pagada de 98.012 €, con más intereses legales desde el momento del pago.<\/p>\n .- Sentencia 109\/2016 del Juzgado de Instancia nº 4 de Totana, por la que se condena a la misma entidad bancaria, a pagar al Sr. W., 89.519,62€, con más los intereses desde el día de su pago, y costas judiciales.<\/p>\n .-Igualmente en el procedimiento 230\/2015 del mismo juzgado, se han conseguido recientemente devolver a los clientes el Sr. Y la Sra. L. todo el dinero pagado por ellos (80.250€), y las costas judiciales (11.998.47€,) que ya les ha sido transferido, estando ahora en ejecución los intereses (38.011,36€).<\/p>\n A la vista de lo indicado: de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, de nuestros éxitos en números juicios, como en el caso de los afectados en Almanzora Country Club de Huma Mediterráneo, aconsejamos a las personas que hayan perdido su dinero, que reclamen y se asesoren correctamente, además nuestro despacho se compromete a no cobrar honorarios, únicamente si el perjudicado gana el procedimiento y recibe el dinero.<\/p>\n <\/p>\n Para cualquier consulta, contáctenos y le ayudaremos.<\/span><\/strong><\/p>\n <\/em><\/p>\n La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.<\/em><\/p>\n <\/em><\/p>\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n White & Baos Abogados<\/p>\n Tel: 966 426 185<\/p>\n E-mail: info@white-baos.com<\/p>\n White & Baos 2016– Todos los derechos reservados<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" En el artículo de hoy, queremos seguir informando en relación a aquellas personas que perdieron su dinero comprando propiedades sobre plano, que nunca se llegaron a construir porque el promotor entró en concurso de acreedores, no se obtuvieron licencias, etc. Los tribunales españoles, ahora ya prácticamente sin excepción, están reconocimiento la responsabilidad de las entidades […]<\/p>\n