{"id":5801,"date":"2017-07-31T17:42:52","date_gmt":"2017-07-31T17:42:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/nuevo-exito-condenan-al-banco-p-a-devolver-a-nuestro-cliente-el-dinero-perdido-en-la-urbanizacion-tercia-real-de-proyectos-y-desarrollos-urfesan-sl\/"},"modified":"2020-09-10T07:23:34","modified_gmt":"2020-09-10T07:23:34","slug":"nuevo-exito-condenan-al-banco-p-a-devolver-a-nuestro-cliente-el-dinero-perdido-en-la-urbanizacion-tercia-real-de-proyectos-y-desarrollos-urfesan-sl","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/nuevo-exito-condenan-al-banco-p-a-devolver-a-nuestro-cliente-el-dinero-perdido-en-la-urbanizacion-tercia-real-de-proyectos-y-desarrollos-urfesan-sl\/","title":{"rendered":"Nuevo \u00e9xito: Condenan al Banco P a devolver a nuestro cliente el dinero perdido en la urbanizaci\u00f3n TERCIA REAL, de Proyectos y Desarrollos Urfesan SL."},"content":{"rendered":"
El juzgado número 5 de San Javier, en su sentencia 90\/17, de 10 de julio de 2017, ha condenado al Banco P a devolver el dinero pagado en su día por el Sr. L. y la Sra. M., representados por White Baos Abogados, en la compra de una propiedad sobre plano, en la urbanización TERCIA REAL, promovida por la mercantil Proyectos y Desarrollos Urfesan SL.<\/strong><\/span><\/p>\n La sentencia señalada entiende probado que la promoción y la propiedad comprada por los clientes sobre plan, nunca fue terminada, ni fue entregada a nuestros clientes compradores, que además eran consumidores.<\/p>\n Igualmente tal y como señalamos en nuestro escrito de demanda, el juez ha entendido que a pesar del cambio normativo que tuvo lugar en el año 2016, la ley 57\/1968 es aplicable a las compraventas anteriores al 1\/1\/2016, todo ello en virtud del principio de irretroactividad de las normas.<\/p>\n Además, resultó probado que la entidad bancaria demandada y condenada, tenía suscrito con la promotora una línea general de avales, por importe total de 3.000.000€ por la que se comprometió a emitir avales a los compradores sobre plano de la promoción de Tercia Real.<\/p>\n Igualmente, resultó probado que la entidad condenada fue la que recibió el dinero entregado a cuenta por mis mandantes, en la cuenta que la promotora tenía abierta en este banco.<\/p>\n Así, el juzgador, según lo solicitado por esta parte en su escrito de demanda, y habida cuenta de la doble responsabilidad de la entidad bancaria, como entidad que otorgó una garantía general ( línea de aval) para garantizar los pagos a cuenta de los compradores de esta promoción, y, también por ser la entidad que recibió en su cuenta las cantidades anticipadas por los compradores, estimó íntegramente nuestra demanda, <\/strong> y condenó al banco a:<\/p>\n .-La devolución de los 81.966€ pagados en su día por mis clientes.<\/strong><\/p>\n .-El pago de los intereses legales<\/strong> de dicha cantidad, desde el momento en el que fue pagada y hasta su devolución.<\/p>\n .-El pago por parte de la entidad de las costas del procedimiento<\/strong> ( gastos de abogados y procuradores).<\/p>\n <\/p>\n Por lo tanto, si usted perdió su dinero en la compra de una propiedad sobre plano, si el promotor es insolvente o ha desaparecido, si usted compró en la urbanización TERCIA REAL, promovida por URFESAN, o en cualquier otra, déjenos ayudarle, somos expertos, contáctenos<\/span><\/strong>.<\/span><\/p>\n La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n <\/p>\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n White & Baos<\/p>\n Tel:+34 966 426 185<\/p>\n E-mail: info@white-baos.com<\/p>\n White & Baos 2017 – Todos los Derechos Reservados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" El juzgado número 5 de San Javier, en su sentencia 90\/17, de 10 de julio de 2017, ha condenado al Banco P a devolver el dinero pagado en su día por el Sr. L. y la Sra. M., representados por White Baos Abogados, en la compra de una propiedad sobre plano, en la urbanización TERCIA […]<\/p>\n