{"id":15819,"date":"2025-09-02T19:13:55","date_gmt":"2025-09-02T17:13:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=15819"},"modified":"2025-09-02T19:13:59","modified_gmt":"2025-09-02T17:13:59","slug":"tanteo-y-retracto-en-compraventas-comunidad-valenciana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/tanteo-y-retracto-en-compraventas-comunidad-valenciana\/","title":{"rendered":"Se acab\u00f3 el Derecho de Tanteo y Retracto en compraventas en la Comunidad Valenciana para viviendas procedentes de ejecuci\u00f3n hipotecaria, etc."},"content":{"rendered":"\n
<\/p>\n\n\n\n
El derecho de tanteo y retracto en compraventas en la Comunidad Valenciana, por parte de la Generalitat, ha sido una fuente habitual de dudas, consultas y retrasos en las compraventas inmobiliarias. En nuestra regi\u00f3n, este derecho no solo afectaba a las viviendas de protecci\u00f3n oficial (V.P.O)<\/a>, sino tambi\u00e9n a muchos inmuebles adquiridos mediante daci\u00f3n en pago, ejecuciones hipotecarias, etc. No obstante, la reciente entrada en vigor de la Ley 5\/2025 supone un cambio normativo muy relevante. Lo analizamos esta semana.<\/p>\n\n\n\n El Decreto Ley 6\/2020, de 5 de junio<\/a>, otorgaba a la Generalitat Valenciana un derecho preferente para adquirir ciertos inmuebles antes de que fueran vendidos a terceros. \u00bfEn qu\u00e9 casos se aplicaba este derecho?.<\/p>\n\n\n\n .- Daci\u00f3n en pago<\/u><\/em>: cuando el propietario entregaba hab\u00eda entregado la vivienda al banco para saldar su deuda hipotecaria.<\/p>\n\n\n\n .- Ejecuciones hipotecarias:<\/u><\/em> cuando el banco<\/a> se hab\u00eda quedado con la vivienda tras un proceso judicial por impago.<\/p>\n\n\n\n .- Ventas masivas:<\/u><\/em> como en el caso de edificios donde se vendiera el 80% o m\u00e1s de sus viviendas, o cuando se transmit\u00edan 10 o m\u00e1s inmuebles en bloque.<\/p>\n\n\n\n En todas estas situaciones (reguladas en el art. 10 del citado Decreto) vendedor y comprador deb\u00edan notificar a la Generalitat antes de formalizar la compraventa en Notar\u00eda. Y deb\u00edan esperar a que la administraci\u00f3n comunicara formalmente si ejerc\u00eda su derecho o no. Es decir, si adquiere esa propiedad, en las mismas condiciones, de manera preferente al comprador<\/a>. Estos tr\u00e1mites, en la pr\u00e1ctica, ralentizaban notablemente las operaciones inmobiliarias.<\/p>\n\n\n\n Publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el 31 de mayo de 2025, la Ley 5\/2025, de 30 de mayo,<\/a> ha introducido una importante novedad.<\/p>\n\n\n\n En su disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica, apartado f), queda derogado el Decreto Ley 6\/2020. Esto implica que, ya no es necesario tramitar el tanteo y retracto ante la Generalitat en este tipo de compraventas. Es decir, cuando el inmueble fue adquirido mediante daci\u00f3n en pago, ejecuci\u00f3n hipotecaria, etc.<\/p>\n\n\n\n La norma entr\u00f3 en vigor el 1 de junio de 2025.<\/p>\n\n\n\n \u00bfSigue existiendo tanteo y retracto en alg\u00fan caso?. Viviendas de protecci\u00f3n oficial. <\/u><\/strong>Este cambio no implica que el derecho de tanteo y retracto haya desaparecido por completo. Este derecho sigue vigente para las viviendas de protecci\u00f3n oficial (VPO). En estos casos, ser\u00e1 necesario realizar el tr\u00e1mite de tanteo y retracto ante la Generalitat, tal como se ha venido haciendo hasta ahora. Adem\u00e1s, es importante recordar que estas viviendas suelen estar sujetas tambi\u00e9n a otras limitaciones como el precio m\u00e1ximo de venta.<\/p>\n\n\n\n Si usted est\u00e1 pensando en comprar o vender una vivienda<\/a> que, en su d\u00eda, fue adjudicada al banco o transferida mediante daci\u00f3n en pago, ya no necesita realizar los tr\u00e1mites de tanteo y retracto ante la Generalitat. No obstante, si se trata de una Vivienda de Protecci\u00f3n Oficial (V.P.O), el tanteo y retracto sigue plenamente vigente. Y ser\u00e1 necesario tramitarlo correctamente ante la administraci\u00f3n. En White-Baos Abogados somos expertos en derecho inmobiliario. Cont\u00e1ctenos<\/a> sin compromiso.<\/p>\n\n\n\n La informaci\u00f3n proporcionada en este art\u00edculo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite informaci\u00f3n relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n\n\n\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n\n\n\n White & Baos.<\/p>\n\n\n\n Tel: +34 966 426 185<\/p>\n\n\n\n E-mail: info@white-baos.com<\/a><\/p>\n\n\n\n White & Baos 2025 \u2013 Todos los Derechos Reservados.<\/p>\n\n\n\n El derecho de tanteo y retracto en compraventas en la Comunidad Valenciana, por parte de la Generalitat, ha sido una fuente habitual de dudas, consultas y retrasos en las compraventas inmobiliarias. En nuestra regi\u00f3n, este derecho no solo afectaba a las viviendas de protecci\u00f3n oficial (V.P.O), sino tambi\u00e9n a muchos inmuebles adquiridos mediante daci\u00f3n en […]<\/p>\n\u00bfCuando y por qu\u00e9 se aplicaba el tanteo y retracto?. Decreto Ley 6\/2020.<\/u><\/strong><\/a><\/h2>\n\n\n\n
Ley 5\/2025: Adi\u00f3s al tanteo y retracto en compraventas en la Comunidad Valenciana.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Conclusiones.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Quiz\u00e1s le pueda interesar los siguientes servicios y art\u00edculos:<\/u><\/strong><\/h1>\n\n\n\n
\u00bfEs posible vender una vivienda de protecci\u00f3n oficial?. Te explicamos todo lo que debes saber. Derecho de tanteo y retracto. Precio m\u00e1ximo. Comunidad Valenciana. Compraventas.<\/a><\/h2>\n\n\n\n
Si su banco le oblig\u00f3 a contratar un seguro de vida o similar, es posible su anulaci\u00f3n. \u00a1Recupere el dinero pagado!. Ventas vinculadas. Pr\u00e1cticas ilegales. Seguro impuesto por el banco<\/a><\/h2>\n\n\n\n
Usted todav\u00eda puede reclamar los gastos hipotecarios (Notar\u00eda, Registro de la Propiedad, Gestor\u00eda, etc.) Plazo de prescripci\u00f3n. Tribunal Supremo. Asesoramiento legal.<\/a><\/h2>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"