{"id":15707,"date":"2025-07-31T18:58:55","date_gmt":"2025-07-31T16:58:55","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=15707"},"modified":"2025-07-31T18:58:59","modified_gmt":"2025-07-31T16:58:59","slug":"heredar-de-un-hermano-tio-o-sobrino-comunidad-valenciana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/heredar-de-un-hermano-tio-o-sobrino-comunidad-valenciana\/","title":{"rendered":"Cambios fiscales en la Comunidad Valenciana para 2026. Heredar de un hermano, t\u00edo o sobrino ser\u00e1 m\u00e1s econ\u00f3mico. Asesoramiento legal.\u00a0"},"content":{"rendered":"\n
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El pasado s\u00e1bado 31 de mayo de 2025 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la Ley 5\/2025, de 30 de mayo<\/a>. Esta nueva \u201cLey de Medidas\u201d introduce modificaciones relevantes en la regulaci\u00f3n auton\u00f3mica de diversos impuestos. Especialmente el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados (ITPAJD). A continuaci\u00f3n, analizamos las principales novedades que afectan a los contribuyentes de la Comunidad Valenciana a partir de 2026, y permitir\u00e1n heredar de un hermano, t\u00edo o sobrino, de forma m\u00e1s econ\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n Una de las novedades m\u00e1s significativas es la introducci\u00f3n de una nueva bonificaci\u00f3n en el ISD que afectar\u00e1 a adquisiciones mortis causa e inter vivos realizadas por parientes colaterales de segundo y tercer grado. Hasta ahora, las donaciones y herencias entre hermanos, t\u00edos y sobrinos no estaban bonificadas. Por lo que el impuesto a pagar, en estos casos, era bastante elevado<\/a>.<\/p>\n\n\n\n A partir del 1 de junio de 2026, se aplicar\u00e1 una bonificaci\u00f3n del 25% sobre la cuota tributaria, que aumentar\u00e1 hasta el 50% a partir del 1 de junio de 2027. Esta medida representa un importante alivio fiscal para quienes hereden o reciban donaciones de estos familiares, tradicionalmente sujetos a una mayor carga impositiva.<\/p>\n\n\n\n Adem\u00e1s, se mantienen las bonificaciones del 99%<\/a> para otros grupos familiares (c\u00f3nyuge, hijos, nietos, etc.)<\/p>\n\n\n\n Respecto al Impuesto sobre el Patrimonio<\/a>, la Ley 5\/2025 incrementa el m\u00ednimo exento para los residentes habituales en la Comunidad Valenciana. A partir del 31 de diciembre de 2025 pasar\u00e1 de 500.000\u20ac a 1.000.000\u20ac.<\/p>\n\n\n\n Esto implica que las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025, que se presentar\u00e1n en 2026, podr\u00e1n beneficiarse de esta ampliaci\u00f3n, disminuyendo la base imponible y, por tanto, el importe a pagar.<\/p>\n\n\n\n La Ley tambi\u00e9n contempla rebajas en los tipos impositivos del ITP-AJD. Desde el 1 de junio de 2026, el tipo de gravamen para la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas<\/a> se reducir\u00e1 del 10% al 9%. Por ejemplo, en la compraventa de un inmueble valorado en 240.000 \u20ac, el impuesto a pagar con el tipo actual del 10% ser\u00eda de 24.000 \u20ac. Con la reducci\u00f3n al 9%, el importe a pagar se reducir\u00e1 a 21.600 \u20ac. Lo que supondr\u00e1 un ahorro de 2.400 \u20ac para el comprador. Asimismo, el gravamen general para Actos Jur\u00eddicos Documentados se reducir\u00e1 del 1,5% al 1,4%.<\/p>\n\n\n\n La Ley 5\/2025 establece que la entrada en vigor de sus disposiciones ser\u00e1 al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el DOGV<\/a>, es decir, el 1 de junio de 2025. No obstante, algunas medidas fiscales se aplicar\u00e1n de manera escalonada. As\u00ed pues, las reducciones en el ISD y ITPAJD se aplicar\u00e1n a partir del 1 de junio de 2026. Y en el caso de la bonificaci\u00f3n en ISD para parientes colaterales, se incrementar\u00e1 en 2027.<\/p>\n\n\n\n Las novedades fiscales de la Ley 5\/2025 introducen importantes cambios en sucesiones, donaciones, patrimonio y transmisiones en la Comunidad Valenciana. Para aprovechar al m\u00e1ximo las ventajas fiscales disponibles, al heredar de un hermano, t\u00edo o sobrino, no dude en contactarnos<\/a>. Estudiaremos su caso y le ofreceremos asesoramiento legal y fiscal experto, adaptado a sus necesidades.<\/p>\n\n\n\n La informaci\u00f3n proporcionada en este art\u00edculo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite informaci\u00f3n relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n\n\n\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n\n\n\n White & Baos.<\/p>\n\n\n\n Tel: +34 966 426 185<\/p>\n\n\n\n E-mail: info@white-baos.com<\/a><\/p>\n\n\n\n White & Baos 2025 \u2013 Todos los Derechos Reservados.<\/p>\n\n\n\n El pasado s\u00e1bado 31 de mayo de 2025 se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la Ley 5\/2025, de 30 de mayo. Esta nueva \u201cLey de Medidas\u201d introduce modificaciones relevantes en la regulaci\u00f3n auton\u00f3mica de diversos impuestos. Especialmente el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Y […]<\/p>\nModificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).<\/u><\/strong><\/a><\/h2>\n\n\n\n
Incremento del m\u00ednimo exento en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Reducci\u00f3n de tipos en Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados (ITPAJD).<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Entrada en vigor escalonada.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Conclusi\u00f3n.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
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