{"id":15432,"date":"2025-04-14T19:50:53","date_gmt":"2025-04-14T17:50:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=15432"},"modified":"2025-04-14T19:50:56","modified_gmt":"2025-04-14T17:50:56","slug":"iva-en-la-compraventa-y-construccion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/iva-en-la-compraventa-y-construccion\/","title":{"rendered":"El IVA en la compraventa de parcelas. Construcci\u00f3n para vender. Rehabilitaci\u00f3n. Ahorro fiscal."},"content":{"rendered":"\n
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En Espa\u00f1a, en determinadas circunstancias, el comprador de un terreno puede ser considerado como empresario<\/a> a efectos de IVA. Incluso si se trata de un particular que no desarrolla ninguna actividad empresarial o profesional. Esto implica que la operaci\u00f3n estar\u00eda sujeta a IVA, lo que conlleva importantes implicaciones y ventajas fiscales. En el art\u00edculo de esta semana analizamos el IVA en la compraventa y construcci\u00f3n y los diferentes supuestos.<\/p>\n\n\n\n Cuando se compra una parcela con el objetivo de construir<\/a>. O se compra un inmueble para rehabilitarlo y su posterior venta, el comprador puede ser considerado como empresario a efectos de IVA (no en Renta ni en otros impuestos, \u00fanicamente en IVA.) incluso si no lo es de forma habitual. Esto significa que, si el comprador compra con esta intenci\u00f3n, la posterior venta del inmueble podr\u00eda tributar por IVA.<\/p>\n\n\n\n Una de las ventajas de esta situaci\u00f3n es que el comprador podr\u00e1 compensar el IVA soportado durante la construcci\u00f3n o rehabilitaci\u00f3n del inmueble. Pero \u00bfqu\u00e9 significa esto exactamente?<\/p>\n\n\n\n Una persona f\u00edsica, que no es empresario habitual de la construcci\u00f3n decide invertir en Espa\u00f1a. Su voluntad es comprar un terreno y construir<\/a> en \u00e9l una vivienda para su posterior venta a un tercero. En este caso, si la intenci\u00f3n y el destino es la venta, se podr\u00eda entender que, para el IVA, tiene la condici\u00f3n de empresario.<\/p>\n\n\n\n As\u00ed, no soportar\u00eda (o se compensar\u00eda) el IVA que normalmente deber\u00eda pagar (por ejemplo, al constructor<\/a>, que podr\u00eda emitir sus facturas a 0% de IVA). Por lo tanto, se ahorrar\u00eda el 10% del IVA por la factura del constructor.<\/p>\n\n\n\n As\u00ed, si este fuera el destino final de la construcci\u00f3n e inversi\u00f3n, es importante sujetarla a IVA, pues supondr\u00eda un ahorro fiscal del 10%.<\/p>\n\n\n\n Ser considerado empresario a efectos de IVA depende principalmente de la intenci\u00f3n del comprador del inmueble. Pero, adem\u00e1s, ser\u00e1 necesario darse de alta en el modelo censal (modelo 036). Ahora bien, el alta en el modelo censal no garantiza que la operaci\u00f3n est\u00e9 sujeta a IVA. Si el comprador decide no vender despu\u00e9s de la construcci\u00f3n, la operaci\u00f3n podr\u00eda ser cuestionada por la Administraci\u00f3n Tributaria<\/a>. Que podr\u00eda cuestionar si sigue estando sujeta a IVA o s no. En cuyo caso, se podr\u00eda perder el derecho de deducirse o no soportar el IVA.<\/p>\n\n\n\n En resumen, es fundamental realizar una correcta planificaci\u00f3n fiscal antes de embarcarse en la compra y venta de inmuebles. Contar con asesoramiento especializado puede ser clave para aprovechar las ventajas fiscales y evitar sorpresas.<\/p>\n\n\n\n En White-Baos Abogados, somos expertos en derecho inmobiliario. Podemos ofrecerte el asesoramiento necesario para optimizar sus operaciones de compraventa de inmuebles desde el punto de vista fiscal. No dude en contactarnos<\/a>, estudiaremos su caso y la posibilidad de aplicar IVA en la compraventa y construcci\u00f3n, en su caso concreto.<\/p>\n\n\n\n La informaci\u00f3n proporcionada en este art\u00edculo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite informaci\u00f3n relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n\n\n\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n\n\n\n White & Baos.<\/p>\n\n\n\n Tel: +34 966 426 185<\/p>\n\n\n\n E-mail: info@white-baos.com<\/a><\/p>\n\n\n\n White & Baos 2025 \u2013 Todos los Derechos Reservados.<\/p>\n\n\n\n En Espa\u00f1a, en determinadas circunstancias, el comprador de un terreno puede ser considerado como empresario a efectos de IVA. Incluso si se trata de un particular que no desarrolla ninguna actividad empresarial o profesional. Esto implica que la operaci\u00f3n estar\u00eda sujeta a IVA, lo que conlleva importantes implicaciones y ventajas fiscales. En el art\u00edculo de […]<\/p>\n\u00bfCu\u00e1ndo se es considerado empresario a efectos de IVA?.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Inversi\u00f3n del sujeto pasivo (IVA).<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
La clave: La intenci\u00f3n de la venta y el alta en el modelo censal.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Conclusiones: La importancia de una correcta planificaci\u00f3n fiscal.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
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