{"id":14654,"date":"2024-07-30T18:52:11","date_gmt":"2024-07-30T16:52:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=14654"},"modified":"2024-07-30T18:52:21","modified_gmt":"2024-07-30T16:52:21","slug":"favorecer-a-un-hijo-en-el-testamento-espana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/favorecer-a-un-hijo-en-el-testamento-espana\/","title":{"rendered":"C\u00f3mo favorecer a un hijo en el testamento. Derecho de sucesiones en Espa\u00f1a. Tercio de leg\u00edtima. Tercio de libre disposici\u00f3n. Tercio de mejora. Asesoramiento legal."},"content":{"rendered":"\n
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A la hora de otorgar un testamento en Espa\u00f1a, es imprescindible tener en cuenta lo dispuesto en el C\u00f3digo Civil respecto a los herederos forzosos<\/a><\/a><\/a><\/a><\/a>, los tercios que componen la masa hereditaria, etc. En el art\u00edculo de esta semana, respondemos a una pregunta que recibimos con mucha frecuencia en nuestro despacho. \u00bfC\u00f3mo puedo favorecer a un hijo en el testamento? \u00bfEs posible no dejarle nada a un hijo en Espa\u00f1a?.<\/p>\n\n\n\n Para comprender los l\u00edmites y la libertad que tiene cualquier persona a la hora de otorgar un testamento bajo derecho espa\u00f1ol, es fundamental analizar lo dispuesto en los art. 806 y siguientes del C\u00f3digo Civil<\/a><\/a><\/a>. Aqu\u00ed se establecen los tres tercios en los que se divide la herencia: <\/p>\n\n\n\n (1\/3) Tercio de leg\u00edtima estricta: Se trata de la parte de la herencia que corresponde a los herederos forzosos. En este caso, a los hijos.<\/p>\n\n\n\n (1\/3) Tercio de mejora: Es la parte que testador puede utilizar para \u201cmejorar\u201d a uno o a varios de sus herederos forzosos, o descendientes.<\/p>\n\n\n\n (1\/3) Tercio de libre disposici\u00f3n: Por \u00faltimo, el \u00faltimo tercio de la herencia puede dejarse libremente a quien desee el testador. Ya sea un heredero forzoso, un vecino<\/a><\/a><\/a>, otro familiar, etc.<\/p>\n\n\n\n En principio, no es posible. Ya que el C\u00f3digo Civil establece que los hijos son herederos forzosos. Y, por lo tanto, tienen derecho a la leg\u00edtima. Sin embargo, como hemos explicado en anteriores art\u00edculos, en casos muy espec\u00edficos (desheredaci\u00f3n, indignidad para suceder, etc<\/a><\/a><\/a>.) si es posible dejar fuera del testamento a un hijo, y que no reciba nada. Pero es necesario estudiar pormenorizadamente cada caso, ya que no siempre es sencillo. Y deben concurrir circunstancias graves y debidamente acreditadas que justifiquen esta decisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n No obstante, es importante subrayar que, aunque no lo parezca, el C\u00f3digo Civil es bastante flexible. Y a trav\u00e9s de los tercios de mejora y libre disposici\u00f3n el testador favorecer a un hijo en el testamento, enormemente, en detrimento de otros hijos. Adaptando as\u00ed su testamento<\/a><\/a><\/a> a las circunstancias familiares y personales espec\u00edficas. Siempre que se respeten las disposiciones legales vigentes sobre la protecci\u00f3n de los herederos forzosos.<\/p>\n\n\n\n Como hemos indicado, el tercio de mejora y el tercio de libre disposici\u00f3n, permiten al testador planificar de forma estrat\u00e9gica la distribuci\u00f3n de su patrimonio. Ve\u00e1moslo con un ejemplo. Padre\/madre con tres hijos. Existe una muy mala relaci\u00f3n<\/a><\/a><\/a> con dos de ellos, pero no de suficiente entidad como para constituir un caso de desheredaci\u00f3n o indignidad para suceder. Pese a no poder dejar fuera del testamento a estos dos hijos, el testador si puede beneficiar enormemente al hijo restante.<\/p>\n\n\n\n \u00bfC\u00f3mo? Otorg\u00e1ndole el tercio de mejora y el tercio de libre disposici\u00f3n. Por lo que, en la pr\u00e1ctica, los dos herederos con los que el testador tiene una mala relaci\u00f3n recibir\u00edan cada uno apenas un 11,11% de la herencia (leg\u00edtima estricta). Por su parte, el otro heredero, recibir su porci\u00f3n de la leg\u00edtima estrictica (11,11%) m\u00e1s el tercio de mejora (33,33%) y el tercio de libre disposici\u00f3n (33,33%). En total, un 77,78% de los bienes que formen parte de la herencia.<\/p>\n\n\n\n Si usted quiere favorecer a un hijo en el testamento, en White-Baos Abogados somos expertos en Derecho Sucesorio, Testamentos e Impuesto de Sucesiones<\/a><\/a><\/a>. No dude en contactarnos<\/a><\/a><\/a>. Estudiaremos su caso y le ofreceremos asesoramiento legal experto sobre el tema.<\/p>\n\n\n\n La informaci\u00f3n proporcionada en este art\u00edculo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite informaci\u00f3n relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n\n\n\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n\n\n\n White & Baos.<\/p>\n\n\n\n Tel: +34 966 426 185<\/p>\n\n\n\n E-mail: info@white-baos.com<\/a><\/p>\n\n\n\n White & Baos 2024 \u2013 Todos los Derechos Reservados.<\/p>\n\n\n\n <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" A la hora de otorgar un testamento en Espa\u00f1a, es imprescindible tener en cuenta lo dispuesto en el C\u00f3digo Civil respecto a los herederos forzosos, los tercios que componen la masa hereditaria, etc. En el art\u00edculo de esta semana, respondemos a una pregunta que recibimos con mucha frecuencia en nuestro despacho. \u00bfC\u00f3mo puedo favorecer a […]<\/p>\nLa herencia en Espa\u00f1a. Regulaci\u00f3n legal. Tercios de la herencia.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
\u00bfPuedo no dejarle nada a alguno de mis hijos en mi testamento?.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
La flexibilidad del tercio de mejora y el tercio de libre disposici\u00f3n.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Conclusi\u00f3n.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
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