{"id":14192,"date":"2024-04-17T19:33:10","date_gmt":"2024-04-17T17:33:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=14192"},"modified":"2024-04-17T19:33:13","modified_gmt":"2024-04-17T17:33:13","slug":"seguro-impuesto-por-el-banco-nulidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/seguro-impuesto-por-el-banco-nulidad\/","title":{"rendered":"Si su banco le oblig\u00f3 a contratar un seguro de vida o similar, es posible su anulaci\u00f3n. \u00a1Recupere el dinero pagado!. Ventas vinculadas. Pr\u00e1cticas ilegales. Seguro impuesto por el banco"},"content":{"rendered":"\n
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Son numerosos los bancos espa\u00f1oles que \u201cobligan\u201d a sus clientes a suscribir un seguro de vida o similar, para concederles un pr\u00e9stamo hipotecario<\/a>. Obligar a la parte prestataria (al cliente) a contratar seguros con la entidad bancaria, o con empresas de su mismo grupo, seg\u00fan c\u00f3mo se haga, puede no estar permitido por ley. En estos casos, existe la posibilidad de solicitar la nulidad del seguro impuesto por el banco.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n El art\u00edculo 12 de la Directiva Europea 2014\/17\/UE <\/a> se\u00f1ala que las ventas vinculadas est\u00e1n prohibidas, salvo que tengan como consecuencia una ventaja o beneficio para el consumidor.<\/p>\n\n\n\n Esta limitaci\u00f3n, se refleja tambi\u00e9n en la normativa espa\u00f1ola, art. 17 de la Ley 5\/2019, reguladora de los contratos de cr\u00e9dito inmobiliario<\/a><\/a><\/a>, que tiene como t\u00edtulo Pr\u00e1ctica de ventas vinculadas y combinadas.<\/p>\n\n\n\n Asimismo, en ocasiones la informaci\u00f3n proporcionada es insuficiente. Y las cl\u00e1usulas del producto poco transparentes. Lo que ir\u00eda igualmente en contra de la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola y europea sobre consumidores y usuarios.<\/p>\n\n\n\n Algunos bancos espa\u00f1oles no s\u00f3lo obligan a contratar seguros de vida<\/a>, o seguros de protecci\u00f3n de pago (lo que, en principio) estar\u00eda prohibido. Sino que tambi\u00e9n cobran de una sola vez, y por anticipado, la prima del seguro al cliente. Adem\u00e1s de suponer una venta vinculada, supone gastos a\u00f1adidos para el consumidor. Porque el coste del seguro, la prima, se incluye en el capital del pr\u00e9stamo. Y, por lo tanto, devenga intereses, etc.<\/p>\n\n\n\n Que la entidad bancaria condicione la concesi\u00f3n del pr\u00e9stamo a la contrataci\u00f3n de este seguro con ellos, podr\u00eda ser una pr\u00e1ctica ilegal.<\/p>\n\n\n\n Tambi\u00e9n habr\u00eda que examinar si la actuaci\u00f3n del banco fue transparente o no. Si se explic\u00f3 correctamente al cliente el coste adicional que supon\u00eda. La posibilidad de contratar con otras aseguradas distintas. Si se inform\u00f3 al cliente de la posibilidad del pago de cuotas mensuales, en lugar de una cuota \u00fanica anticipada, etc.<\/p>\n\n\n\n As\u00ed, en ocasiones, se priva a los clientes de poder acudir a otras entidades, y se les fuerza a contratar los seguros<\/a> del banco. O los seguros de compa\u00f1\u00edas de su grupo empresarial.<\/p>\n\n\n\n Existen pronunciamientos diferentes de las distintas Audiencias Provinciales en Espa\u00f1a. El Tribunal Supremo espa\u00f1ol a\u00fan no se ha pronunciado.<\/p>\n\n\n\n Algunas, han se\u00f1alado que se deben considerar abusivas y nulas las imposiciones de contratar seguros de vida<\/a> con el propio banco. Pero cada caso es diferente y debe estudiarse de forma individual. Siendo esencial revisar si:<\/p>\n\n\n\n . – Existen evidencias de que el banco impuso y oblig\u00f3 a la contrataci\u00f3n del seguro con la propia entidad.<\/p>\n\n\n\n . – El banco, inform\u00f3 de la posibilidad de contratar con otras entidades, condiciones del producto, etc.<\/p>\n\n\n\n . -Inform\u00f3 de los distintos tipos de p\u00f3lizas de seguro, sus gastos, etc.<\/p>\n\n\n\n . – Se impuso un pago \u00fanico e inicial parte del principal del pr\u00e9stamo y si se inform\u00f3 que supone un aumento del coste al devengar intereses.<\/p>\n\n\n\n .- El coste del producto es abusivo o, supone un precio normal de mercado.<\/p>\n\n\n\n La nulidad de estos productos podr\u00eda dar derecho al consumidor<\/a> a solicitar al banco la devoluci\u00f3n de la prima pagada. E incluso a los intereses de la misma.<\/p>\n\n\n\n Si su banco le oblig\u00f3 a contratar un seguro con ellos, no le inform\u00f3 sobre el producto, las diferentes opciones, etc. usted podr\u00eda reclamar la nulidad del contrato y la devoluci\u00f3n de lo pagado. Para recibir asesoramiento legal experto sobre el seguro impuesto por el banco, no dude en contactarnos<\/a>.<\/p>\n\n\n\n La informaci\u00f3n proporcionada en este art\u00edculo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite informaci\u00f3n relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n\n\n\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n\n\n\n White & Baos.<\/p>\n\n\n\n Tel: +34 966 426 185<\/p>\n\n\n\n E-mail: info@white-baos.com<\/a><\/p>\n\n\n\n White & Baos 2024 \u2013 Todos los Derechos Reservados.<\/p>\n\n\n\n <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" Seguro impuesto por el banco. Reclamar contra el banco. Seguro de vida. Nulidad y devoluci\u00f3n del dinero. Abogados Expertos. Derecho bancario. […]<\/p>\nJustificaci\u00f3n legal.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Pr\u00e1cticas bancarias ilegales.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Lo que dicen los Tribunales Espa\u00f1oles.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Consecuencias en caso de acordarse la nulidad.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Conclusi\u00f3n.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
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GASTOS HIPOTECA, Nueva Sentencia Ganada. Devoluci\u00f3n de los gastos de la hipoteca y parte de la compraventa.<\/a><\/a><\/h2>\n\n\n\n
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