{"id":11433,"date":"2021-12-15T17:09:08","date_gmt":"2021-12-15T16:09:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=11433"},"modified":"2021-12-15T17:09:14","modified_gmt":"2021-12-15T16:09:14","slug":"impuesto-de-sucesiones-intereses-recargos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/impuesto-de-sucesiones-intereses-recargos\/","title":{"rendered":"Impuesto de Sucesiones. Intereses. Recargos. Pago del impuesto fuera de plazo. Asesoramiento Legal."},"content":{"rendered":"\n
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En el art\u00edculo de hoy, vamos a tratar de Impuesto de Sucesiones. Intereses. Recargos. Y tratar de explicar de una forma sencilla, que pasa cuando pagamos el impuesto de sucesiones fuera de plazo.<\/p>\n\n\n\n
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Seg\u00fan la normativa de derecho de sucesiones, el impuesto debe pagarse en el plazo de 6 meses, a contar desde el fallecimiento. O en su caso, cuando adquiera firmeza la declaraci\u00f3n de fallecimiento.<\/p>\n\n\n\n
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El plazo se\u00f1alado, se podr\u00e1 prorrogar por otros 6 meses, es decir, hasta 1 a\u00f1o del fallecimiento. Esta pr\u00f3rroga hay que solicitarla dentro de los 5 primeros meses desde el fallecimiento.<\/p>\n\n\n\n
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En todos aquellos casos en que no se pague el ISD en el plazo de 6 meses primeros, se devengar\u00e1, sobre la cuota del impuesto a pagar, intereses de demora. Intereses que son aprobados anualmente por la administraci\u00f3n, y que por ejemplo para el a\u00f1o 2021 son del 3.75% anual.<\/p>\n\n\n\n
Estos intereses se devengar\u00e1n desde el fin del plazo inicial de 6 meses, hasta el pago efectivo de la liquidaci\u00f3n. Y se devengar\u00e1n aunque se haya presentado la solicitud de pr\u00f3rroga del impuesto.<\/p>\n\n\n\n
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Cuando se presente la declaraci\u00f3n del impuesto fuera de plazo, adem\u00e1s de los intereses de demora se\u00f1alados, se devengaran tambi\u00e9n unos recargos.<\/p>\n\n\n\n
Estos recargos son los fijados en el art\u00edculo 27 de la ley General Tributaria, que ha sufrido una reciente modificaci\u00f3n. Antes eran el 5%, 10% , 15% o 20%.<\/p>\n\n\n\n
Seg\u00fan la redacci\u00f3n actual, el recargo por presentaci\u00f3n del impuesto fuera de plazo ( siempre que no hay requerimiento previo de la administraci\u00f3n), ser\u00e1:<\/p>\n\n\n\n
\u201cun porcentaje igual al 1 por ciento m\u00e1s otro 1 por ciento adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidaci\u00f3n o declaraci\u00f3n respecto al t\u00e9rmino del plazo establecido para la presentaci\u00f3n e ingreso\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n Es decir, que si el retraso es de menos de un mes, se pagar\u00e1 el 1%. Si es entre 1 mes y 2 meses, ser\u00e1 del 2%, etc.<\/p>\n\n\n\n Este art\u00edculo, prev\u00e9 que partir de 12 meses, el recargo sea de 15%, m\u00e1s los intereses de demora del art. 26 Ley General Tributaria.<\/p>\n\n\n\n Recargo y pr\u00f3rroga del impuesto:<\/p>\n\n\n\n En el caso de que se haya solicitado la pr\u00f3rroga, el recargo s\u00f3lo empezar\u00e1 a contar a partir del final de la pr\u00f3rroga. Es decir, 12 meses desde el fallecimiento.<\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n Por lo tanto, en principio el impuesto de sucesiones en Espa\u00f1a se debe pagar antes de los 6 meses desde el fallecimiento.<\/p>\n\n\n\n Si no sabemos seguro si vemos a pagar el impuesto a tiempo, es aconsejable solicitar la pr\u00f3rroga, lo que nos dar\u00e1 6 meses m\u00e1s; es decir hasta 1 a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n Si pagamos m\u00e1s all\u00e1 de los 6 meses iniciales, tendremos que pagar intereses de demora. Y si pagamos m\u00e1s all\u00e1 del plazo de la pr\u00f3rroga, tendremos que pagar recargos.<\/p>\n\n\n\n Si usted necesita asesoramiento legal relacionado con la herencia y el impuesto de sucesiones en Espa\u00f1a. Si desea asesoramiento legal sobre herencias en Espa\u00f1a, Cont\u00e1ctenos<\/a><\/p>\n\n\n\n La informaci\u00f3n proporcionada en este art\u00edculo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite informaci\u00f3n relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n\n\n\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n\n\n\n White & Baos.<\/p>\n\n\n\n Tel: +34 966 426 185<\/p>\n\n\n\n E-mail: info@white-baos.com<\/a><\/p>\n\n\n\n White & Baos 2021 \u2013 Todos los Derechos Reservados.<\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n Si hereda en el extranjero y es residente fiscal en Espa\u00f1a. No pague dos veces por el impuesto de sucesiones. Doble imposici\u00f3n.<\/a><\/p>\n\n\n\n Impuesto de sucesiones en Espa\u00f1a. La reducci\u00f3n por vivienda habitual del fallecido<\/a><\/p>\n\n\n\nConclusi\u00f3n ( Impuesto de Sucesiones. Intereses. Recargos<\/u>. )<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Quiz\u00e1s le pueda interesar los siguientes servicios y art\u00edculos:<\/u><\/strong><\/h5>\n\n\n\n