{"id":10906,"date":"2021-06-01T19:19:26","date_gmt":"2021-06-01T17:19:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=10906"},"modified":"2021-06-01T19:19:34","modified_gmt":"2021-06-01T17:19:34","slug":"consecuencias-de-no-notificar-correctamente-una-demanda-en-espana-nulidad-de-lo-actuado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/consecuencias-de-no-notificar-correctamente-una-demanda-en-espana-nulidad-de-lo-actuado\/","title":{"rendered":"Consecuencias de no notificar correctamente una demanda en Espa\u00f1a. Nulidad de lo actuado."},"content":{"rendered":"\n
<\/p>\n\n\n\n
En el art\u00edculo de hoy, vamos a hablar de forma sencilla, de c\u00f3mo debe ser la notificaci\u00f3n de una demanda en Espa\u00f1a. Y que, si no se hace correctamente, se puede solicitar la nulidad de todo lo actuado, y el \u201creinicio\u201d del procedimiento.<\/p>\n\n\n\n
<\/p>\n\n\n\n
En principio, seg\u00fan la ley de enjuiciamiento civil, LEC, se debe notificar al demandado personalmente. El art\u00edculo 155 LEC, se\u00f1ala que en la demanda, se debe se\u00f1alar:<\/p>\n\n\n\n
.- el domicilio o domicilios conocidos del demandado.<\/p>\n\n\n\n
.-Igualmente, todos los datos que se conozca del demandado. Y puedan servir para localizarlo. Es decir, n\u00famero de tel\u00e9fono, de fax, direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico, etc.<\/p>\n\n\n\n
Si no es posible designar un domicilio, o notificarle en los domicilios conocidos. Seg\u00fan el art\u00edculo 156 LEC, el juzgado debe tratar de averiguar otras direcciones. Normalmente, en Registros oficiales, Seguridad social, Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico,\u00a0 polic\u00eda, etc.<\/p>\n\n\n\n
<\/p>\n\n\n\n
S\u00f3lo cuando no sea posible notificar al demandado o averiguar otros domicilios, se le puede notificar por EDICTOS.<\/p>\n\n\n\n
Pero, el Tribunal Constitucional espa\u00f1ol, TC, ha se\u00f1alado, que antes de notificar por edictos, hay que tratar de averiguar el domicilio. Se debe de haber agotado todas las posibilidades para averiguarlo.<\/p>\n\n\n\n
<\/p>\n\n\n\n
Consecuentemente, si a un demandado no se le ha notificado la demanda. O bien, se le ha notificado por edictos, pero no se ha intentado con todos los medios averiguar su domicilio. Se puede solicitar la nulidad de lo actuado y retrotraer lo actuado, hasta la notificaci\u00f3n inicial.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n Pues, se atentar\u00eda contra su derecho a una tutela judicial efectiva del demandado. Y se le causar\u00eda indefensi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n Destacamos la sentencia 125\/2020 del TC. Por la que anul\u00f3 la ejecuci\u00f3n de un pr\u00e9stamo hipotecario contra una empresa. A pesar de que se hab\u00eda intentado notificar la ejecuci\u00f3n al deudor, en varias direcciones. El TC, entendi\u00f3 que el juzgado hab\u00eda vulnerado el derecho del deudor. Y deb\u00eda haber agotado todas las posibilidades, y buscar otros domicilios; as\u00ed, deber\u00eda haber intentado notificar, en:<\/p>\n\n\n\n .- la direcci\u00f3n de la finca hipotecada.<\/p>\n\n\n\n .- en el domicilio del administrador de la empresa, que constaba en las escrituras.<\/p>\n\n\n\n .- haber solicitado m\u00e1s informaci\u00f3n al ejecutante. Datos de contacto, etc.<\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n Si usted se ha enterado de la existencia de un procedimiento judicial contra usted en Espa\u00f1a, que no se le ha notificado. Sepa, que es posible comprobar si se le ha notificado por edictos. Y si la notificaci\u00f3n es correcta. Se debe confirmar si se ha intentado averiguar su domicilio. Pues, si se ha producido la notificaci\u00f3n de una demanda en Espa\u00f1a, de forma incorrecta, se podr\u00eda solicitar la nulidad de lo actuado. Lo que supondr\u00eda reiniciar el procedimiento, y tener la posibilidad de defenderse<\/p>\n\n\n\n Consulte nuestros servicios judiciales <\/a>y cont\u00e1ctenos.<\/a><\/p>\n\n\n\n La informaci\u00f3n proporcionada en este art\u00edculo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite informaci\u00f3n relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n\n\n\n Carlos Baos (Abogado)<\/p>\n\n\n\n White & Baos.<\/p>\n\n\n\n Tel: +34 966 426 185<\/p>\n\n\n\n E-mail: info@white-baos.com<\/p>\n\n\n\n White & Baos 2021 – Todos los Derechos Reservados.<\/p>\n\n\n\n <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" En el art\u00edculo de hoy, vamos a hablar de forma sencilla, de c\u00f3mo debe ser la notificaci\u00f3n de una demanda en Espa\u00f1a. Y que, si no se hace correctamente, se puede solicitar la nulidad de todo lo actuado, y el \u201creinicio\u201d del procedimiento. C\u00f3mo se debe notificar una demanda en Espa\u00f1a En principio, seg\u00fan la […]<\/p>\nLa sentencia del Tribunal Constitucional 125\/2020 de 21 de septiembre. Ejecuci\u00f3n hipotecaria.<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Conclusi\u00f3n<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n