{"id":10882,"date":"2021-05-27T17:58:30","date_gmt":"2021-05-27T15:58:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=10882"},"modified":"2021-05-27T17:58:38","modified_gmt":"2021-05-27T15:58:38","slug":"aceptacion-de-herencia-y-venta-por-el-heredero-menor-de-edad-o-incapaz","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/aceptacion-de-herencia-y-venta-por-el-heredero-menor-de-edad-o-incapaz\/","title":{"rendered":"Tramitar una herencia en Espa\u00f1a cuando el heredero es menor de edad o incapaz. Venta de los bienes heredados. Menores extranjeros"},"content":{"rendered":"\n

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En el art\u00edculo de hoy, veremos que sucede cuando en la herencia tenemos un heredero menor de edad o incapaz. Y, si es posible, la venta por dicho menor o incapaz, de los bienes heredados. Sobre todo, cuando son bienes inmuebles.<\/p>\n\n\n\n

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\u00bfPuede heredar un menor o incapaz en Espa\u00f1a? .<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n

La respuesta es SI.<\/p>\n\n\n\n

Lo puede hacer a trav\u00e9s de sus representantes legales.  As\u00ed se deduce del c\u00f3digo civil espa\u00f1ol, que es de aplicaci\u00f3n a los nacionales espa\u00f1oles<\/p>\n\n\n\n

As\u00ed, en el caso de los menores espa\u00f1oles, <\/strong>los progenitores que ejerzan la patria potestad pueden aceptar la herencia. S\u00f3lo para repudiar (o renunciar) a la herencia necesitar\u00e1n de autorizaci\u00f3n judicial. De hecho, es muy habitual, que un padre o madre, acepten en nombre de su hijo menor la herencia dejada por un abuelo, etc.<\/p>\n\n\n\n

Para el caso de los incapaces, <\/strong>los tutores y defensores judiciales, necesitar\u00e1n una autorizaci\u00f3n judicial, si no aceptan la herencia a beneficio de inventario ( es decir, con limitaci\u00f3n de la responsabilidad del heredero). Por lo tanto, en el caso de incapaces, normalmente se acudir\u00e1 a los juzgados para solicitar autorizaci\u00f3n judicial.<\/p>\n\n\n\n

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Menores e incapaces extranjeros en Espa\u00f1a. \u00bf Pueden heredar? <\/u><\/strong> <\/h2>\n\n\n\n

La respuesta es DEPENDE.<\/p>\n\n\n\n

Aunque normalmente Si. Y la raz\u00f3n es que la capacidad para heredar de los extranjeros, depender\u00e1 de la ley de su nacionalidad. <\/strong>Por lo tanto, podr\u00e1n hacerlo, siempre que seg\u00fan su ley personal, sea posible.<\/p>\n\n\n\n

Y esto, porque seg\u00fan el c\u00f3digo civil espa\u00f1ol, en su art\u00edculo 9, ley personal correspondiente a las personas f\u00edsicas es la determinada por su nacionalidad. Dicha ley regir\u00e1 la capacidad \u2026<\/u><\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n

As\u00ed, por ejemplo, en el caso de un heredero menor o incapaz ingl\u00e9s, franc\u00e9s o alem\u00e1n, depender\u00e1 de lo que diga la ley inglesa, francesa o alemana.<\/p>\n\n\n\n

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\u00bfPuede vender un bien inmueble heredado un menor o incapaz en Espa\u00f1a? .<\/u><\/strong><\/h2>\n\n\n\n

Si. Pero el C\u00f3digo Civil espa\u00f1ol, exige autorizaci\u00f3n judicial, previa audiencia al Ministerio Fiscal, para la venta. Tanto en el caso venta de menores ( normalmente a trav\u00e9s de sus progenitores), como de incapaces (normalmente a trav\u00e9s de sus tutores).<\/p>\n\n\n\n

En este supuesto, al igual que lo se\u00f1alado anteriormente, en el caso de extranjeros menores o incapaces, <\/strong>\u00a0la venta se regir\u00e1 por la ley nacional. Por lo tanto, se podr\u00e1 vender, y ser\u00e1 para ello necesaria una autorizaci\u00f3n judicial o no, dependiendo de lo que diga la ley de la nacionalidad del menor.<\/p>\n\n\n\n

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