{"id":10646,"date":"2022-06-28T12:54:08","date_gmt":"2022-06-28T10:54:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=10646"},"modified":"2022-06-28T12:56:39","modified_gmt":"2022-06-28T10:56:39","slug":"residencia-fiscal-en-espana-consecuencias-legales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/residencia-fiscal-en-espana-consecuencias-legales\/","title":{"rendered":"Residencia fiscal en Espa\u00f1a. Criterios determinaci\u00f3n. Consecuencias de ser considerado residente fiscal."},"content":{"rendered":"\n
Tener residencia fiscal en Espa\u00f1a o no tenerla, puede tener unas consecuencias legales y sobre todo fiscales, muy importantes. As\u00ed, el derecho espa\u00f1ol, entiende que la persona que es residente fiscal en Espa\u00f1a, debe pagar en Espa\u00f1a por la totalidad de sus rentas. Es decir, por todos sus salarios, pensiones, intereses, etc. Aunque estas se generen fuera de Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n
Por lo tanto, es fundamental que sepa si es o puede ser considerado residente fiscal en Espa\u00f1a. Porque, si lo es, se le puede exigir pagar impuestos en Espa\u00f1a por todo.<\/p>\n\n\n\n
Cu\u00e1ndo se es residente fiscal en Espa\u00f1a.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n La residencia fiscal, se regula en la Ley 35\/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas. En su art\u00edculo 9, que considera residente fiscal a qui\u00e9n:<\/p>\n\n\n\n .-Que permanezca m\u00e1s de 183 d\u00edas, durante el a\u00f1o natural, en territorio espa\u00f1ol.<\/p>\n\n\n\n .-Tenga en Espa\u00f1a su n\u00facleo principal de actividades o intereses econ\u00f3micos<\/p>\n\n\n\n Especial tratamiento en este sentido, tienen los diplom\u00e1ticos, integrantes de oficinas consulares, etc.<\/p>\n\n\n\n C\u00e1lculo de los 183 d\u00edas.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n Para ver si se est\u00e1 en Espa\u00f1a m\u00e1s de 183 d\u00edas, no se tienen en cuenta las ausencias espor\u00e1dicas. Es decir, vacaciones, viajes de negocios o de placer, etc.<\/p>\n\n\n\n S\u00f3lo se tendr\u00e1n en cuenta, si se acredita que se es residente fiscal en otro pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n Por lo tanto, si no es residente fiscal en Espa\u00f1a, es conveniente que:<\/p>\n\n\n\n .-Tenga un certificado de residencia fiscal de su pa\u00eds de residencia.<\/p>\n\n\n\n .-Pueda acreditar que ha estado en dicho pa\u00eds la mayor\u00eda del a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n Determinaci\u00f3n del centro de inter\u00e9s o actividad.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n Este es el otro criterio utilizado, para determinar la residencia fiscal.<\/p>\n\n\n\n Si no es residente en Espa\u00f1a, deber\u00e1 acreditar que tiene su principal centro de inter\u00e9s en otro pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n Para determinar este centro de inter\u00e9s, se tienen en cuenta, no s\u00f3lo d\u00f3nde se tiene las rentas, sino tambi\u00e9n, el patrimonio, gastos, etc.<\/p>\n\n\n\n Presunci\u00f3n familiar.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n Por ley, se presume (aunque se acepta prueba en contrario), que se es residente en Espa\u00f1a, cuando resida habitualmente en Espa\u00f1a el c\u00f3nyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aqu\u00e9l<\/p>\n\n\n\n Permiso de Residencia Vs Residencia Fiscal.<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n Es posible que una persona, normalmente expatriado, o extranjero tenga permiso de residencia en Espa\u00f1a. Pero esto no significa que tenga necesariamente que tener la residencia fiscal.<\/p>\n\n\n\n Ya que son conceptos distintos.<\/p>\n\n\n\n Pero, es fundamental para las personas que quien solicitar un permiso de residencia en Espa\u00f1a:<\/p>\n\n\n\n .-se asesoren del tipo de permiso de residencia, y si \u00e9sta implica la necesidad de pasar en Espa\u00f1a m\u00e1s de 183 d\u00edas al a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n .-se asesoren legalmente, sobre las implicaciones fiscales.<\/p>\n\n\n\n Conclusi\u00f3n<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n Seg\u00fan lo se\u00f1alado usted debe asesorarse sobre las consecuencias de tener Residencia fiscal en Espa\u00f1a si:<\/p>\n\n\n\n .- Tiene bienes en Espa\u00f1a, o una actividad econ\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n .-Si vive en Espa\u00f1a la mayor\u00eda del a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n .-O si desea solicitar un permiso de residencia.<\/p>\n\n\n\n Los convenios de doble imposici\u00f3n son fundamentales. As\u00ed, se tendr\u00e1 que tener en cuenta, si existe un convenio entre Espa\u00f1a, y su pa\u00eds. Pues, puede ser fundamental para determinar la residencia fiscal.<\/p>\n\n\n\n Si usted desea obtener asesoramiento experto, Cons\u00faltenos.<\/p>\n\n\n\n Puede mantenerse informado en nuestro Facebook.<\/p>\n\n\n\n La informaci\u00f3n proporcionada en este art\u00edculo no pretende ser asesoramiento legal, simplemente transmite informaci\u00f3n relacionada con cuestiones legales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" Residencia fiscal en Espa\u00f1a. Asesoramiento legal. Obligaci\u00f3n de pagar por rendimientos obtenidos fuera de Espa\u00f1a […]<\/p>\n