{"id":10260,"date":"2021-01-16T19:23:19","date_gmt":"2021-01-16T18:23:19","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=10260"},"modified":"2021-01-16T19:23:24","modified_gmt":"2021-01-16T18:23:24","slug":"divorcio-de-extranjeros-en-espana-ventajas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/divorcio-de-extranjeros-en-espana-ventajas\/","title":{"rendered":"Divorcio de Extranjeros en Espa\u00f1a: Ventajas."},"content":{"rendered":"\n
Estimado abogado,<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n Somos un matrimonio de brit\u00e1nicos, y vivimos en Espa\u00f1a, en Denia, Alicante. La mayor\u00eda de nuestros bienes y propiedades inmobiliarias est\u00e1n en Espa\u00f1a, aunque tenemos algunas inversiones en nuestro pa\u00eds de origen, Gran Breta\u00f1a. Nos queremos divorciar, y nos gustar\u00eda saber si debemos volver a nuestro p\u00e1is a realizar los tr\u00e1mites del divorcio o si podemos divorciarnos aqu\u00ed.<\/em><\/strong> O que es lo m\u00e1s aconsejable. Gracias por su ayuda.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n Estimados lectores, gracias por su consulta.<\/p>\n\n\n\n En principio, y seg\u00fan lo que estable el art\u00edculo 3, del <\/em>REGLAMENTO (CE) No 2201\/2003 DEL CONSEJO de 27 de noviembre de 2003 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecuci\u00f3n de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental<\/em>, si ambos c\u00f3nyuges residen en Espa\u00f1a, ser\u00e1n los tribunales espa\u00f1oles los que tengan la competencia para decidir sobre el divorcio.<\/p>\n\n\n\n Aunque esta regla general tiene algunas excepciones, e hipot\u00e9ticamente podr\u00edan ser los tribunales de su pa\u00eds competentes para juzgar el divorcio, en caso de que vuelvan a fijar en su pa\u00eds su domicilio o residencia habitual, lo cierto es que entendemos que normalmente, lo m\u00e1s aconsejable es solicitar el divorcio ante los tribunales espa\u00f1oles.<\/p>\n\n\n\n Adem\u00e1s, seg\u00fan el art\u00edculo 8, del REGLAMENTO (UE) No 1259\/2010 DEL CONSEJO de 20 de diciembre de 2010 por el que se establece una cooperaci\u00f3n reforzada en el \u00e1mbito de la ley aplicable al divorcio y a la separaci\u00f3n judicial<\/em>, si no se ha elegido por las partes una ley aplicable al divorcio, se aplicar\u00e1 al mismo la ley del Estado:<\/p>\n\n\n\n a) en que los c\u00f3nyuges tengan su residencia habitual en el momento de la interposici\u00f3n de la demanda o, en su defecto,<\/p>\n\n\n\n b) en que los c\u00f3nyuges hayan tenido su \u00faltima residencia habitual, siempre que el per\u00edodo de residencia no haya finalizado m\u00e1s de un a\u00f1o antes de la interposici\u00f3n de la demanda, y que uno de ellos a\u00fan resida all\u00ed en el momento de la interposici\u00f3n de la demanda o,\u2026. ETC.<\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n Por lo tanto, entendemos que en su caso, si pretenden presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo, lo m\u00e1s sencillo y aconsejable ser\u00e1 presentarla ante los tribunales espa\u00f1oles, por distintas razones:<\/p>\n\n\n\n .- Por la proximidad, no tendr\u00e1n que acudir a los tribunales de su pa\u00eds de origen donde ya ustedes no residen.<\/p>\n\n\n\n .-Porque teniendo bienes en Espa\u00f1a, la sentencia espa\u00f1ola ser\u00e1 directamente inscribible en los registros correspondientes, como el de la propiedad, etc. Este punto es importante, pues en ocasiones existen graves problemas en reconocer sentencias extranjeras de divorcio en Espa\u00f1a, pues la forma de redactarlas, de estructurarlas, incluso su contenido, son algunas veces muy distintos a las decisiones judiciales espa\u00f1olas, lo que puede afectar en ocasiones al tipo de impuesto a pagar, a la posibilidad o no de su inscripci\u00f3n directa, etc.<\/p>\n\n\n\n .-Porque al aplicarse el derecho espa\u00f1ol al divorcio, seg\u00fan \u00e9ste, no es necesario probar una causa o raz\u00f3n para el divorcio, y por lo tanto no necesitar\u00e1n probar la existencia de una separaci\u00f3n, falta de convivencia, etc., y bastar\u00e1 con que uno de los c\u00f3nyuges quiera divorciarse.<\/p>\n\n\n\n .-Porque es un procedimiento muy econ\u00f3mico, y adem\u00e1s, entendemos que no ser\u00e1 necesario probar la ley de su pa\u00eds, y por lo tanto no ser\u00e1 necesario aportar certificado de leyes, que era lo que en ocasiones encarec\u00eda el coste de este tipo de procedimientos.<\/p>\n\n\n\n Si usted se va a divorciar y quiere saber sus derechos, obligaciones, posibilidades, etc.\u00a0<\/a>cont\u00e1ctenos<\/a><\/strong><\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\nRespuesta.<\/h2>\n\n\n\n
Conclusi\u00f3n.<\/h2>\n\n\n\n