{"id":10145,"date":"2021-01-09T18:39:01","date_gmt":"2021-01-09T17:39:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.white-baos.com\/?p=10145"},"modified":"2021-01-09T18:39:07","modified_gmt":"2021-01-09T17:39:07","slug":"impugnacion-exitosa-de-un-testamento-espanol","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.white-baos.com\/es\/impugnacion-exitosa-de-un-testamento-espanol\/","title":{"rendered":"Impugnaci\u00f3n exitosa de un testamento espa\u00f1ol."},"content":{"rendered":"\n
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Como mencionamos en art\u00edculos anteriores, (con anterioridad y a partir del d\u00eda 17 de agosto de 2015 con la entrada en vigor del Reglamento Europeo 650\/2012 la situaci\u00f3n es distinta), es posible \u201canular\u201dy solicitar la impugnaci\u00f3n de un testamento espa\u00f1ol, por los hijos, descendientes, c\u00f3nyuge y ascendientes ( seg\u00fan las circunstancias concretas de cada caso). Es decir, cuando no se nombra a \u00e9stos beneficiarios en el testamento espa\u00f1ol.<\/p>\n\n\n\n
Todo ello condicionado, a que la ley nacional del fallecido o finado o el Reglamento, entienda que la ley espa\u00f1ola debe ser la aplicable a la sucesi\u00f3n y debe regir la herencia.<\/p>\n\n\n\n
En un asunto reciente, muy similar al ganado judicialmente hace un a\u00f1o que fue objeto de otro art\u00edculo; nuestro despacho de abogados ha llegado a un acuerdo con la esposa nombrada en el testamento como \u00fanica heredera. Se ha aceptado que parte de la herencia deber\u00eda adjudicarse a los hijos del fallecido. <\/p>\n\n\n\n
Pues entend\u00edamos que la ley aplicable a esta sucesi\u00f3n era la ley espa\u00f1ola. Por lo tanto, los descendientes ten\u00edan derecho a heredar c\u00f3mo herederos forzosos y legitimarios 2\/3 de los bienes. Todo ello, independientemente de lo se\u00f1alado en el testamento y de la voluntad del testador.<\/p>\n\n\n\n
Como se explic\u00f3 en otros art\u00edculos, la raz\u00f3n es que a pesar que la ley espa\u00f1ola se\u00f1ala que la ley aplicable a las sucesiones es la ley de la nacionalidad del finado, en este caso, siendo el fallecido ingl\u00e9s, la ley de Inglaterra y Gales, dice que en relaci\u00f3n con los bienes muebles se aplicar\u00e1 la ley del pa\u00eds donde el fallecido tenga su domicilio, y para los bienes inmuebles (parcelas, construcciones, etc.) la ley del pa\u00eds donde estos bienes est\u00e9n situados.<\/strong><\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n En este caso concreto, el fallecido ten\u00eda su domicilio en Espa\u00f1a y encontr\u00e1ndose todos sus bienes inmuebles igualmente en Espa\u00f1a. Entend\u00edamos nosotros, y tambi\u00e9n la otra parte, que la ley de la nacionalidad del causante, la de Inglaterra y Gales, reenv\u00eda como ley aplicable a la sucesi\u00f3n a la ley de Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n Reenv\u00edo que normalmente se acepta por los juzgados espa\u00f1oles siempre y cuando se respeten los principios de unidad y universalidad de la herencia,\u00a0<\/strong>lo que ocurr\u00eda en este caso, pues la ley espa\u00f1ola era considerada como la \u00fanica ley aplicable para regir la sucesi\u00f3n de la\u00a0totalidad de los bienes.<\/p>\n\n\n\n Afortunadamente el conocimiento por parte de las dos partes de la jurisprudencia del reenv\u00edo internacional nos ha permitido llegar a un acuerdo sin necesidad de iniciar un procedimiento judicial.<\/p>\n\n\n\n En los supuesto de una disputa legal relativa a un testamento o a una sucesi\u00f3n de un nacional No Espa\u00f1ol ( Brit\u00e1nico, Irland\u00e9s, Franc\u00e9s, Alem\u00e1n, Austriaco, Belga, etc.), es esencial comprobar si la ley nacional del testador o testadora, o del finado, entiende que la Ley Espa\u00f1ola es la aplicable.<\/strong><\/p>\n\n\n\n <\/p>\n\n\n\n *Debe aclararse que al supuesto se\u00f1alado en este art\u00edculo, no le era de aplicaci\u00f3n en Reglamento Europeo 650\/2012.<\/p>\n\n\n\n Por lo tanto, si usted o alguien que usted conoce, necesita o quiere anular o impugnar un testamento, o si quiere asegurarse que su testamento no pueda ser anulado o impugnado, nuestro despacho pueda ayudarle.\u00a0Cont\u00e1ctenos.<\/a><\/strong><\/p>\n\n\n\n Consulte nuestros servicios en este area.<\/a><\/p>\n\n\n\nPrincipios de unidad y universalidad de la herencia<\/strong><\/h2>\n\n\n\n