Asesoramiento legal y fiscal en la compra de inmuebles en España. Beneficios fiscales y legales previstos para la compra propiedades de primera mano o nueva construcción durante lo que queda del año 2012.

CONSULTA

Estimados Señores,
Cuento con dinero ahorrado y tengo entendido es un buen momento para comprar en España viviendas de nueva construcción ( primera mano), pues según parece hay numerosas ventajas legales y fiscales, y además me han dicho que si pago parte del dinero en metálico, pagaré menos impuestos. ¿Es eso verdad?.

Estimado lector,

Gracias por su correo.

Hemos recibido recientemente bastantes consultas de clientes en este sentido, tanto de clientes que viven ya en España o tienen propiedades aquí, y quieren aprovechar las oportunidades del mercado, como de clientes, que quieren comprar en España por primera vez.

Si, es cierto que en estos momentos hay numerosas ventajas a la hora de compra una propiedad de nueva construcción o de primera mano.

Antes de pasar a analizar cuales son o pueden ser estas ventajas, debo aclararle, en relación con el pago en metálico del precio de la propiedad que:

• Tras la reciente aprobación de la ley 7/2012 de 29 de Octubre, sobre prevención del fraude fiscal, no se puede pagar en efectivo cantidad igual o superior a 2.500€. Este límite es un poco mayor para el caso en que el pagador sea una persona física y acredite que no tiene domicilio fiscal en España, etc.
• En cualquier caso, usted debe saber que aunque tenga dinero ahorrado y pueda pagar en efectivo, que no es posible según lo dicho, debe declarar el total del precio pagado, en la escritura de compraventa.

En cuanto a las ventajas fiscales, tal y como recoge un artículo de la Verdad de Murcia, hay una serie de circunstancias y ventajas fiscales, que todo posible comprador debe conocer, pues comprar una propiedad nueva ahora en lo que queda del año 2012, es mucho mas barato desde el punto de vista fiscal, que comprarla el año 2013.

La principal diferencia, es que ahora se paga un 4% en el impuesto del IVA en la adquisición de viviendas de nueva construcción. A partir del 1 de enero de 2013, este impuesto será del 10%. Es importante, recordar que si se hace algún pago a cuenta durante lo que queda del año 2012, esté pago tributará también al 4%.

Por otro lado, según parece, se prevé que el año que viene se elimine la deducción en el Impuesto de la Renta para la inversión en vivienda habitual, sea nueva o de segunda mano.
Igualmente según parece, se prevé que los inmuebles urbanos que se compren entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012 y sean vendido en el futuro, tengan una exención del 50% en la ganancia que obtengan, para determinados casos.

Por todo lo dicho, podemos confirmarle, que si usted está pensando en la compra de una propiedad nueva, parece más que conveniente que la intente comprar en lo que queda de año, si es posible.
Si usted o alguien que usted conoce se encontrara en esta situación, consúltenos y le asesoraremos convenientemente.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.

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