Derecho de sucesiones: Testamentos. Herencias

En nuestro despacho asesoramos a nuestros clientes en relación con las adjudicaciones de herencia, la realización de testamentos, etc, buscando evitar futuros problemas, ahorro fiscal, etc.

Para los clientes extranjeros, no nacionales, esta es un área en la que hay una gran desinformación. El punto de partida es que el Código Civil español, señala que la sucesión se regirá por la ley nacional del causante, así por ejemplo un súbdito británico podrá testar a favor de quién lo desee según su ley nacional, sin que sean de aplicación las limitaciones que el derecho español impone a los españoles.

Por otro lado, aunque no es obligatorio otorgar testamento en España, el hacerlo puede ser de gran utilidad, y si se es extranjero, facilitará de forma muy considerable una eventual sucesión, abaratando los costes y agilizando la misma.