Derecho Inmobiliario: problemas y defectos de construcción, notificación a arquitectos, constructores, etc.

CONSULTA:

Llevo ya mucho tiempo con problemas de humedades en mi casa, el promotor me dice que lo va a arreglar pero no hace nada. Me han dicho que los problemas han aparecido dentro del periodo de garantía, ¿Qué debo hacer para reclamar y que me tome más en serio?

Estimado lector,

Gracias por su consulta, le recomendamos que vaya a su abogado con experiencia en estos asuntos, si es un vicio de construcción como parece, nuestro despacho puede asistirle.

De cualquier forma y en general, usted debe saber que:

.-En primer lugar, deben determinarse si los problemas han aparecido dentro del plazo de garantía que señala la Ley de Ordenación de Edificación ( LOE) es decir, 1 año para los defectos de acabado, 3 años para los de habitabilidad, y 10 años para los de estructura, plazos que empezarán a contar desde la recepción de las obras.

Si sus problemas han aparecido dentro del plazo señalado, en su caso normalmente sería dentro del plazo de 3 años, pues generalmente las humedades se entienden que afecta a la habitabilidad, según el artículo 18 de la LOE, tiene 2 años desde que se produzcan los daños, para reclamar al responsable.

Por lo tanto, aparecido el problema dentro del plazo de garantía, usted debe asegurarse que reclama o por lo menos que envía un burofax a todos los agentes que intervinieron en las obras y que puedan tener algún tipo de responsabilidad. Normalmente, en caso de duda sobre quién es el responsable: arquitecto, arquitecto técnico o constructor, etc., lo normal es mandar un burofax a todos ellos, para interrumpir el plazo de 2 años señalado, luego, interrumpido el plazo de 2 años, pedir a un experto arquitecto en vicios de construcción que haga un informe y determine, quién es el responsable y contra el que se debe reclamar.

En ocasiones se ha dicho que si se manda un burofax a uno de ellos para interrumpir el plazo de los 2 años, esta interrupción servirá para los demás. De cualquier forma, las últimas sentencias del Tribunal Supremo entienden que siendo la responsabilidad de los distintos agentes de la construcción una responsabilidad impropia, la interrupción de la prescripción frente a uno de ellos, NO AFECTARÁ AL RESTO.

Por lo tanto, y para evitar problemas de plazos de prescripción, aconsejamos, antes que nada, notificar los problemas mediante BUROFAX a todos los agentes que fueron parte de proceso constructivo y posibles responsables ( arquitecto, promotor, constructor, arquitecto técnicos, etc.), dentro de los 2 años siguientes a que estos aparezcan.

En una reciente sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Alicante, a favor de nuestro cliente M S, la juez, entendió que se había probado que el arquitecto técnico tuvo conocimiento de los problemas, dando por buenos los correos electrónicos y las declaraciones de los testigos, no obstante, entendemos que para mayor seguridad, se deben notificar a todos mediante burofax..

Si usted se encuentra en esta situación o en una similar no dude en contactarnos y le asesoraremos convenientemente.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.

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Carlos Baos (Abogado)

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