Abusos bancarios en España. Las inversiones complejas: bonos estructurados, autocancelables, etc .

Abusos bancarios en España

ABUSOS BANCARIOS: DISTINTOS PRODUCTOS.

Los Abusos bancarios en España, que han sido cometidos por las entidades bancarias españolas son y han sido escandalosos. Todo ello queda a la vista de las numerosas sentencias que cada día se dictan sobre el particular, entendemos que han sido generalizados, afectando a todas las entidades bancarias españolas, o prácticamente todas.

Los abusos van desde la venta de participaciones preferentes, permuta de intereses ( SWAP), cláusulas suelo, inversiones inadecuadas, y un largo etcétera.

En el artículo de hoy nos queremos detener en las sentencias, que condenan a las entidades bancarias a devolver las inversiones realizadas por sus clientes.

Normalmente, por un asesoramiento inadecuado y una insuficiente información dada al cliente – consumidor, por parte del banco.

LAS SENTENCIAS DE LOS JUZGADOS

La mayoría de las sentencias dictadas a favor de los consumidores y en contra de los bancos, se basan en el incumplimiento del deber de información a los clientes y consumidores.

Información que es de vital importancia y es esencial, en la venta de productos financieros complejos, como bonos estructurados, derivados, y muchos otros, que son productos de alta complejidad técnica, y que además normalmente suelen tener un riesgo elevado.

Muchas de las sentencias consultadas insisten en que las entidades financieras son negligentes al no explicar con claridad, y de forma previa a la firma de estos contratos, los riegos de éstos, las comisiones que se devengarán, elevadas), la forma de recuperar la inversión, etc.

Por lo tanto, existe en muchas ocasiones un vicio del consentimiento, es decir, aunque el cliente consumidor firma y acepta voluntariamente la compra del fondo, o la inversión, su consentimiento, su acuerdo, está viciado, pues no tiene la suficiente información.

Para saber realmente lo que está contratando, siendo un hecho conocido por todos, que los bancos incumplen de forma habitual sus obligaciones de información y la normativa sobre el asesoramiento.

Resulta evidente que muchas veces piden a los clientes firmar contratos, sin que éstos tengan tiempo ni de leerlos con detenimiento.

Son numerosas las sentencias recaídas contra todo tipo de bancos, sentencias que fácilmente se pueden encontrar por internet, y que hacen referencia a muchas entidades bancarias.

ENTIDADES CONDENADAS

De todas ellas, destacamos las sentencias dictadas contra:

.-la entidad Barclays, por ejemplo por los bonos autocancelable del Royal Bank of Scotland.

.- BBVA y Banco Santander, Bonos Estructurados.

.- BNP SAN POP y Bono Autocancelable de Caylon

.- Las sentencias dictadas contra Banco Espírtu Santo (BES) en relación con los bonos emitidos por Lehman Brothers y Kaupfthing, etc.

No debemos olvidar el especial cuidado y esmero que deben tener los bancos cuando venden estos productos complejos a un cliente minorista. Es decir a un consumidor individual no experto en la materia. También es relevante el perfil del cliente, es decir, si se trata de un cliente de perfil de riesgo alto, medio o bajo.

Por lo tanto, si usted o alguien que usted conoce, tiene un problema con su banco, con una inversión realizada a través de ellos, una cláusula suelo en su préstamo hipotecario, unas participaciones preferentes, o ha sufrido abusos bancarios en España, etc.

Nuestro despacho puede ayudarle. Contáctenos.

Puede tener información actualizada en FACEBOOK.

La información proporcionada en este artículo no pretende ser asesoramiento legal, sino que simplemente transmite la información relacionada con cuestiones legales.

Carlos Baos (Abogado)

Despacho de Abogados Español.

Alicante, Denia, Marina Alta Costa Blanca.

2015

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *